Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

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Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, razon por la que, para su definicion, se debe tener en cuenta la accesibilidad de las vias de comunicacion y la racionalidad del gasto de los recursos que se asignen para la atencion del presente MORDAZA electoral. 4. En tal sentido, a fin de garantizar la cercania y facilidad de acceso a los organos de justicia electoral, asi como optimizar las labores de fiscalizacion en el MORDAZA, este organo colegiado considera necesaria la definicion de seis circunscripciones administrativo-electorales y de sus respectivos Jurados Electorales Especiales, los que tendran competencia para recibir y calificar las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos, resolver tachas, inscribir candidaturas, asi como conocer solicitudes de acreditacion de personeros, expedientes sobre publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestadoras, actas observadas, impugnaciones de cedula de votacion e identidad de electores, pedidos de nulidad de eleccion, fiscalizacion del MORDAZA electoral y otras que establezcan las leyes electorales, para, finalmente, proclamar a los candidatos electos y entregar las respectivas credenciales, conforme a las funciones senaladas en el citado articulo 36 de la LOJNE. Asimismo, teniendo en cuenta la lejania de los distritos de Parinari (Loreto, Loreto), Pomata (Chucuito, Puno) y la provincia de Purus (Ucayali), respecto del MORDAZA Electoral Especial competente para este MORDAZA electoral, se ha considerado la pertinencia de habilitar a las Unidades Regionales de Enlace del MORDAZA Nacional de Elecciones de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, respectivamente, para que reciban las listas de candidatos, tachas, impugnaciones y solicitudes en general referidas a las Elecciones Municipales Complementarias 2015, para su inmediata remision al MORDAZA Electoral Especial de Lima. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo primero.- DEFINIR seis circunscripciones administrativo-electorales para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2015, convocadas para el MORDAZA 5 de MORDAZA de 2015, asi como los Jurados Electorales Especiales que tendran competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, conforme al siguiente detalle:
COMPETENCIA JEE SEDE DEPARTAMENTO AMAZONAS MORDAZA PROVINCIA CONDORCANQUI BAGUA 1 BAGUA CONDORCANQUI UTCUBAMBA MORDAZA CHOTA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA CHANCHAMAYO CHANCHAMAYO PASCO MORDAZA MORDAZA HUANCAVELICA ICA MORDAZA MORDAZA 4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCAYALI OXAPAMPA HUANCAYO MORDAZA HUAYTARA ICA MORDAZA YUNGAY MORDAZA CHUCUITO HUAROCHIRI YAUYOS HUARAL PURUS EL CENEPA CUMBA PUCARA PACCHA CALQUIS LLAPA SAN MORDAZA TONGOD PUERTO MORDAZA QUICHUAY QUISQUI MORDAZA PUEBLO MORDAZA HUANCHAY RANRAHIRCA PARINARI POMATA HUAROCHIRI HUANGASCAR SUMBILCA DISTRITO

MORDAZA estos del personal Docente y/o Administrativos, como convenios y bases de contrataciones y mientras dure su encargatura; Articulo 6°.- Distribuir la presente resolucion a: Rectorado, VACAD, VADM, OADM, UAP, Abastecimiento, ACP, Legajo, OAJ, OCI, OII, OIyC y Archivo, para los fines pertinentes. Registrese, Comuniquese y Cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la UNSM-T MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1206113-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Definen seis circunscripciones administrativo-electorales para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2015, asi como los Jurados Electorales Especiales que tendran competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes; y habilitan a las Unidades Regionales de enlace del JNE como mesas de partes en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Ucayali
RESOLUCION Nº 0063-2015-JNE MORDAZA, tres de marzo de dos mil quince. VISTO el Memorando Nº 068-2015-DGPID/JNE, recibido el 2 de marzo de 2015, mediante el cual la Direccion General de Planeamiento, Innovacion y Desarrollo del MORDAZA Nacional de Elecciones remite la propuesta de definicion de las circunscripciones administrativo-electorales y distribucion de los respectivos Jurados Electorales Especiales, para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2015. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 28 de febrero de 2015, el Presidente de la Republica convoco a Elecciones Municipales Complementarias 2015, para el MORDAZA 5 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones en las que se declararon nulas las Elecciones Municipales 2014. 2. Convocado el MORDAZA electoral, corresponde a este organo colegiado definir el numero y ambito de las circunscripciones administrativo-electorales sobre las que tendran competencia los Jurados Electorales Especiales, asi como establecer las denominaciones de estos y las sedes en las que se instalaran para ejercer sus funciones como organos temporales creados especificamente para este MORDAZA electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en el articulo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, y los articulos 32 y 36 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones (en adelante LOJNE). 3. Las circunscripciones administrativo-electorales constituyen unidades geograficas necesarias para la labor jurisdiccional, planificacion y desarrollo de las actividades comprendidas en el cronograma electoral, tanto del MORDAZA Nacional de Elecciones como de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, pues sobre ellas tambien se establecen las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, segun lo dispuesto en el articulo 24 de la

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