Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral publica vigente... (Sic).... Los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designacion debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma"; Que, el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, creo el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, con el proposito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los habitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para ninas y ninos del nivel de educacion inicial a partir de los tres (3) anos de edad y del nivel de educacion primaria de la Educacion Basica en instituciones educativas publicas; Que, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, aprobado con Resolucion Ministerial N° 174-2012-MIDIS, establece en su Literal h) del Numeral II.2.1 que la Direccion Ejecutiva tiene como funcion: "Ejercer la representacion legal del programa, pudiendo delegar esta atribucion, en el MORDAZA de la normatividad existente"; mientras que el Literal i) del Numeral II.2.2. senala que la Unidad de Administracion tiene como funcion, en materia de Recursos Humanos: "Coordinar, ejecutar y supervisar la aplicacion de la normatividad, procesos tecnicos y procedimientos del Sistema de Gestion de Recursos Humanos, asi como proponer y coordinar acciones de bienestar social"; Que, con documento de Vistos, la Unidad de Administracion propone la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora (e) de Recursos Humanos de la Unidad de Administracion, como responsable de emitir ofertas laborales del Programa Nacional Alimentario Escolar Qali Warma al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en ese sentido, resulta necesario la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora (e) de Recursos Humanos de la Unidad de Administracion, como responsable de emitir ofertas laborales del Programa Nacional Alimentario Escolar Qali Warma al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con la visacion de las Unidades de Administracion y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolucion Ministerial N° 174-2012MIDIS y la Resolucion Ministerial N° 111-2014-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora (e) de Recursos Humanos de la Unidad de Administracion, como responsable de emitir ofertas laborales del Programa Nacional Alimentario Escolar Qali Warma al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Administracion disponer las acciones necesarias para la debida y oportuna notificacion de la presente Resolucion a la interesada, asi como su publicacion en el MORDAZA de transparencia de este Programa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA JHONG MORDAZA Directora Ejecutiva (e) Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma 1206302-1

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

VISTO: El Expediente Nº 11220511 organizado por Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12332609 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, y la solicitud de modificacion de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Central Hidroelectrica Manta; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 0352011-MEM/DM, publicada el 28 de enero de 2011, se otorgo a Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.C. (ahora Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.), la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la Central Hidroelectrica Manta, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 3612010; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 361-2012-MEM/DM, publicada el 19 de agosto de 2012, se reconocio la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Bocatoma, MORDAZA de Aduccion, Camara de Carga, Tuberia de Presion y MORDAZA de Maquinas de la Central Hidroelectrica Manta, a favor de la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.; Que, mediante el documento ingresado bajo el registro Nº 2415559 de fecha 22 de MORDAZA de 2014, Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A. solicito la rectificacion del valor numerico de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA, ya establecida para la Central Hidroelectrica Manta, en las Areas Nº 03 y Nº 04 del MORDAZA de Aduccion; Que, mediante el documento ingresado bajo el registro Nº 2450238 de fecha 18 de noviembre de 2014, Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A. adecua su solicitud de rectificacion del valor numerico de las areas indicadas en el documento senalado en el considerando anterior a una de modificacion de servidumbre convencional, para lo cual presento el recibo de pago por concepto de MORDAZA vigente a la fecha de presentacion; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la modificacion solicitada se justifica en un error incurrido por Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A., al consignar erroneamente el valor numerico de las areas de servidumbre del MORDAZA de Aduccion en el expediente de reconocimiento de servidumbre convencional, especificamente en las Areas Nº 03 y Nº 04, lo cual no implica la modificacion de las areas fisicas de servidumbre ni de las coordenadas UTM (PSAD 56) iniciales, sino solo en la modificacion de los valores de dichas areas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, emitio el Informe Nº 050-2015-DGE-DCE, recomendando la modificacion de la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Central Hidroelectrica Manta; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar a favor de la concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A., la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA de la Central Hidroelectrica Manta, respecto a las Areas Nº 03 y Nº 04, correspondientes al MORDAZA de Aduccion de la citada central, ubicada en los distritos de Corongo, MORDAZA y La MORDAZA, provincia de Corongo, departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

ENERGIA Y MINAS
Modifican, a favor de la concesion de la que es titular Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A., la servidumbre convencional de acueductos, de obras hidroelectricas y de MORDAZA de la Central Hidroelectrica Manta, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 075-2015-MEM/DM MORDAZA, 23 de febrero de 2015

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