Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

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CONSIDERANDO: Que, del referido informe se advierte que la inspeccion mencionada se ha realizado de conformidad con el articulo 90 del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 018-2003EM y estando de conformidad con el Reglamento de Normas Tecnicas para Operaciones Periciales Mineras, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-94-EM y el Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 050-2002-EM; Que, el perito minero durante la inspeccion ocular realizo el levantamiento topografico, identificando cuatro (4) canteras emplazadas en las areas establecidas en las coordenadas UTM indicadas en los numerales 3.2, 3.4 y 3.5 del Item III DE LA DILIGENCIA del Informe 246-2014MEM-DGM/DTM, y las cubicaciones del mineral no metalico extraidos y las respectivas valorizaciones de las sustancias extraidas en las Canteras, asi como la identificacion de los responsables que extrajeron mineral no metalico; Que, el perito minero durante la inspeccion ocular encontro al personal, equipo pesado, y volquetes trabajando en la explotacion y/o extraccion del mineral no metalico MORDAZA (material de construccion) y chancado de mineral (piedra) a traves de una chancadora y zaranda en forma ilicita en la Cantera 1; asimismo, encontro personal, equipo pesado y volquetes trabajando en la explotacion y/o extraccion del mineral no metalico MORDAZA (material de construccion) en forma ilicita en la Cantera 4; Que, los trabajos de extraccion ilicita se realizan en area del derecho minero "Cruz de Hueso 1", con codigo Nº 010142710, extinguido mediante Resolucion de Presidencia Nº 0852-2011-INGEMMET de fecha 16 de marzo de 2011, el cual fue declarado definitivamente no peticionable; Que, en relacion a las Canteras 2 y 3 el perito senala que no se encontro a ninguna persona natural o juridica

Modificacion de las Areas Nº 03 y Nº 04 correspondientes al MORDAZA de Aduccion
Cod. Exp. 11220511 Areas de Servidumbres Modificadas Area Nº 03: 1243,78 m2 Area Nº 04: 7377,65 m2

Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1204534-1

Aprueban informe pericial de extraccion ilicita de mineral no metalico presentado por perito minero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0005-2015-MEM/DGM MORDAZA, 16 de enero de 2015 Visto el Informe Nº 001 -2015-MEM-DGM/EI, de la Direccion Tecnica Minera, por el cual se emite opinion favorable al informe presentado por el perito minero Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre la inspeccion de verificacion de la extraccion ilicita de mineral no metalico, sin derecho alguno en agravio del Estado, conforme a las areas establecidas en las coordenadas UTM indicadas en los numerales 3.2, 3.4 y 3.5 del Item III DE LA DILIGENCIA del Informe 246-2014-MEM-DGM/ DTM de fecha 22 de MORDAZA de 2014, ubicada en la Quebrada MORDAZA de Hueso del distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima.

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