Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2015 (05/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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El Peruano Jueves 5 de marzo de 2015

Establecen porcentaje de recaudacion para el Ejercicio 2015 aplicable al Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT
ORDENANZA N° 1877 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de febrero de 2015 el Dictamen N° 11-2015-MML-CMAEO de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion. Aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN PORCENTAJE DE RECAUDACION PARA EL EJERCICIO 2015 APLICABLE AL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ­ SAT Articulo Unico.- Recursos del SAT Suspendase el porcentaje de recaudacion fijado por el Articulo Primero de la Ordenanza N° 1332, estableciendose para el ejercicio fiscal 2015, como recursos del Servicio de Administracion Tributaria­SAT, el porcentaje equivalente al 2% (dos por ciento) del monto total de los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que se recaude o recupere, bajo cualquier forma o modalidad, del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015. DISPOSICION FINAL Unica.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 26 FEB. 2015 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 1206477-1

Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades). Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135 ­ 99 ­ EF y sus modificatorias, el monto del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el articulo 29º devengara un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM); Que, el articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 953, modifica el articulo 33º de la MORDAZA Tributaria mencionada en el parrafo precedente, estableciendo que: ".. en los casos de los tributos administrados por los gobiernos locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT ... "; Que, con fecha 06 de marzo del 2014 se publico en el diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 303 ­ MDCH, mediante la cual se fijo la Tasa de Interes Moratorio aplicable a la jurisdiccion de Chaclacayo para el ejercicio 2014, por lo que es necesario establecer una nueva Tasa de Interes Moratorio vigente para el ejercicio 2015 y siguientes; Que, el Gerente de Asesoria Juridica de la Corporacion MORDAZA, mediante el Informe Nº 032 ­ 2015 ­ MDCH / GAJ, opina por la procedencia de lo solicitado por la Gerencia de Administracion y Rentas, respecto a la Ordenanza que aprueba la Tasa del Interes Moratorio (TIM), para el distrito de Chaclacayo; Estando a lo MORDAZA expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades) al Concejo Municipal, asi como a lo establecido por el articulo 40º de dicha Ley, y contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores Regidores del Concejo Municipal presentes en la Sesion Ordinaria de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO MENSUAL DE LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) Articulo Unico.- FIJESE en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a las obligaciones tributarias que administra o cuya recaudacion estuviera a cargo de la Municipalidad de Chaclacayo, que no MORDAZA pagadas dentro de los plazos establecidos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Unidad de Tesoreria el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Unidad de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones cumpla con publicar en el MORDAZA Institucional como tambien en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y empresas, esta Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206845-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Fijan el monto mensual de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias que administra la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 317-MDCH Chaclacayo, 12 de febrero del 2015 VISTO: El Informe Nº 012 ­ 2015 ­ GATYR / MDCH del Gerente de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 032 ­ 2015 / MDCH / GAJ del Gerente de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el articulo 194º de la Constitucion

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban escudo institucional de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 0577-MDEA El MORDAZA, 19 de febrero de 2015

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