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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2015 (05/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Jueves 5 de marzo de 2015 547986 Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, la convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias se efectúa dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los Concejos Municipales y se realizan el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales; Que corresponde al Presidente de la República iniciar el proceso electoral convocando a Elecciones, mediante Decreto Supremo, conforme lo dispone el Artículo 80° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que mediante el Decreto Supremo N° 011-2015-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de febrero de 2015, se ha convocado a Elecciones Municipales Complementarias para el día domingo 5 de julio de 2015, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores en los distritos detallados en el anexo que forma parte integrante del mismo; Que para ese efecto, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, el Padrón Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Artículo 7° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y Artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que el artículo 7° de la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales, dispone que los extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de dos (2) años continuos previos a una elección, están facultados para elegir y ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente, que se encuentra a cargo del RENIEC; Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 1° de la Ley N° 27764, Ley que permite la inscripción de nuevos ciudadanos durante procesos electorales, en todo proceso electoral, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte (120) días antes de la realización de cualquier proceso electoral, fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro dato que altere la información contenida en el referido padrón; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Ley N° 27764, Ley que permite la inscripción de nuevos ciudadanos durante procesos electorales, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón Electoral con fecha 7 de marzo de 2015, para efecto del desarrollo de las Elecciones Municipales Complementarias a llevarse a cabo el día domingo 5 de julio de 2015, en las circunscripciones comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo N° 011-2015-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de febrero de 2015. Artículo Segundo.- Disponer el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, con fecha 07 de marzo de 2015. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Registro Electoral, Operaciones Registrales, Registros de Identifi cación y Tecnología de la Información el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1207380-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura y cierre de agencias y oficinas especiales ubicadas en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 8160-2014 Lima, 9 de diciembre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una agencia, denominada “PDH – Mexichem” ubicada en Av. Nugget N° 555, Urbanización El Puente, distrito el Agustino, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1206840-1 RESOLUCIÓN SBS N° 8503 -2014 Lima, 23 de diciembre de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la referida ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285 -2013; y,