Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2015 (05/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 028-2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2014, se aprobo el regimen de beneficios para el vecino chalaco puntual "Callao Puntual", estableciendose en el articulo 4° inciso a) un descuento anual de hasta el 8% en el monto que le corresponde pagar por Arbitrios Municipales, si estos son cancelados en su totalidad hasta el ultimo dia habil del mes de enero o la prorroga que se determine para cada ejercicio; Que, por Decreto de Alcaldia N° 01-2015-MPC-AL, de fecha 30 de enero del 2015, se amplio la vigencia del beneficio senalado en el articulo 4° inciso a) de la Ordenanza Municipal Nº 028-2014, hasta el 27 de febrero del 2015; Que, se ha verificado que existe un numero considerable de contribuyentes con la intencion de regularizar sus deudas acogiendose a los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal Nº 028-2014, por lo que resulta conveniente prorrogar la vigencia del Beneficio por pago adelantado, senalado en su articulo cuarto; Que, la Tercera Disposicion Final de la acotada Ordenanza, faculta al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias necesarias, mediante Decreto de Alcaldia, para su adecuada aplicacion; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliar la vigencia del Beneficio por pago adelantado senalado en el articulo 4° inciso a) de la Ordenanza Municipal Nº 028-2014, debiendo prorrogarse el mismo de la siguiente forma: - 8% de descuento del monto insoluto de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2015 a los contribuyentes que cancelen en su totalidad tales tributos hasta el 31 de marzo de 2015. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, y a la Gerencia General de Relaciones Publicas la difusion de sus alcances. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206548-1

El Peruano Jueves 5 de marzo de 2015

DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2015-MPC-AL Callao, 27 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 025-2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2014, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2015 en el Cercado del Callao; Que, en el articulo 7° de la acotada Ordenanza, se senala que el vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales, sera el ultimo dia habil de cada mes. Estableciendose en la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la misma Ordenanza el cronograma de vencimiento, teniendo como primera y MORDAZA fecha de vencimiento el 31 de enero del 2015 y 27 de febrero del 2015, respectivamente; Que, se ha verificado que existe un numero considerable de contribuyentes con la intencion de acogerse al pago puntual de los mismos, por lo que resulta conveniente prorrogar la fecha de vencimiento de la primera y MORDAZA cuota (enero y febrero) por un periodo adicional, hasta el 31 de marzo del 2015, a fin de satisfacer a los vecinos de la jurisdiccion que de manera progresiva vienen cancelando sus Arbitrios Municipales; Que, la Sexta Disposicion Final y Transitoria de la acotada Ordenanza, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 025-2014, asi como la prorroga del vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales que la acotada Ordenanza dispone; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar el vencimiento de la primera y MORDAZA cuota (enero y febrero) de los Arbitrios Municipales senalados en la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal N° 025-2014, hasta el 31 de marzo del 2015. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, y a la Gerencia General de Relaciones Publicas la difusion de sus alcances. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206550-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. 4. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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