Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa MORDAZA TELECABLE E.I.R.L., en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1207034-1

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., Brasil y Canada, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 084-2015 MTC/02 MORDAZA, 2 de marzo de 2015 VISTAS: Las solicitudes de la empresa Trans American Airlines S.A. con P/D No. 011351 del 20 de enero de 2015 y con P/D No. 006161 del 13 de enero de 2015 y la solicitud de la empresa Servicios Aereos de los Andes S.A.C con P/D No. 010332 del 19 de enero de 2015, y los Informes No. 030-2015-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 040-2015-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. y SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. han presentado ante la autoridad de aeronautica

civil, solicitudes para la evaluacion de su personal aeronautico, a ser atendidas durante el mes de marzo de 2015, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. y SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe No. 040-2015-MTC/12.04, al que se anexa las respectivas Ordenes de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe No. 030-2015MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Goytizolo, del 08 al 10 de marzo de 2015, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bastos, del 09 al 12 de marzo de 2015, a la MORDAZA de Guarulhos, Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urteaga, del 19 al 24 de marzo de 2015, a la MORDAZA de Toronto, Canada. Los viajes se realizaran de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 030-2015-MTC/12.04 y No. 040-2015-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Direccion de Seguridad Aeronautica, respectivamente. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. y SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Los Inspectores autorizados en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados, conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

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