Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2015 (07/03/2015)


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complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion oportuna y adecuada de la presente ordenanza. Cuarta.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 1208017-1

El Peruano Sabado 7 de marzo de 2015

Regulan el procedimiento para el otorgamiento del Certificado de Seguridad en Edificaciones nivel Basica y de Detalle en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 267-MDCH Chorrillos, 28 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: EL CONCEJO CHORRILLOS MUNICIPAL DISTRITAL DE

Que, el numeral 37.2 del Decreto Supremo Nº 0582014-PCM, senala que la emision del Certificado del ITSE, no determina la obtencion de la Licencia de Funcionamiento debiendo contener el periodo de vigencia, autorizado por la entidad competente. Que, en este contexto, de acuerdo con la normatividad senalada, resulta necesario modificar y actualizar el MORDAZA vigente de la Municipalidad de Chorrillos, adecuando los procedimientos, requisitos, derechos de tramitacion y otros, en beneficio de los administrados; Que, es necesario verificar las Condiciones Especificas de Seguridad para la emision del Certificado de Seguridad en Edificaciones como son: - En la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA, regulada mediante ordenanza Nº 184MML; Nº 1044-MML, Nº 1430-MML, previamente debera contar con la opinion favorable de PROHVILLA; Asi tambien, para la MORDAZA Monumental de Chorrillos aprobado con Resolucion Directoral Nacional Nº 1484/INC, se debera contar con la aprobacion por parte del Instituto Nacional de Cultura, de corresponder con las actividades urbanas y usos del suelo. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES NIVEL BASICA Y DE DETALLE EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS, EN ATENCION A LO DISPUESTO EN LA LEY Nº 30230 Y D.S. Nº 058-2014-PCM Articulo Primero.- La presente Ordenanza regula el otorgamiento del Certificado de Defensa Civil ahora denominado Certificado de Seguridad en Edificaciones nivel Basica y de Detalle en la jurisdiccion del distrito Articulo Segundo.- APROBAR los formatos que tienen caracter de declaracion jurada donde se consignaran los requisitos establecidos por ley para la iniciacion correspondiente de Certificado de Seguridad en Edificaciones, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- MODIFIQUESE el Texto Unico de Procedimientos de la Municipalidad Distrital de Chorrillos aprobado por Ordenanza Nº 056-MDCH, correspondiente al procedimiento de Certificado de Defensa Civil ahora Certificado de Seguridad en Edificaciones, correspondiente a la Unidad de Defensa Civil segun Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Establezcase como requisito previo y para los establecimiento comerciales, industriales y/o servicios que se encuentren ubicados en MORDAZA de Reglamentacion Especial contar la autorizacion del Ministerio de Cultura, en caso de edificaciones integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion o Prohvilla en caso de ubicarse en MORDAZA de reglamentacion especial de los pantanos de villa; Osinergmin o la que corresponda conforme a la reglamentacion vigente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- FACULTESE al senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias que fueran necesarias para la Adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Secretaria General de Concejo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su correspondiente anexo. Tercera.- DEROGUESE toda MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Cuarto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

VISTO: en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, y: CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ley Nº 30230, se aprobo la Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificacion de Procedimientos y Permisos para la Promocion y Dinamizacion de la Inversion en el MORDAZA, la cual establece modificaciones a los requisitos para obtener Licencias de Edificaciones senalados en la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habitaciones Urbanas y Edificaciones; modificaciones a los requisitos para obtener Licencias de Funcionamiento senalados en la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; y modificaciones a las denominaciones de los procedimientos senalados en la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres. Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, se aprobo el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones, el mismo que derogo el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, disponiendose asimismo modificaciones a los requisitos para los procedimientos administrativos de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones; Que, el Articulo 63 de la Ley 30230 incorpora la Decima Disposicion Final Transitoria y Complementaria a la Ley 28976, Precisase que toda referencia efectuada a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil y al Certificado de Seguridad en Defensa Civil, debera entenderse realizada a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y al Certificado de Seguridad en Edificaciones." Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 086-2014CENEPRED/J, se aprobo el Manual para la Ejecucion de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Formatos Correspondientes, el mismo que derogo la Resolucion Jefatural Nº 251-2008-INDECI Manual de Ejecucion de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil y modificatorias, asimismo se dispone precisiones a los procedimientos administrativos de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones;

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