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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2015 (07/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548183 HA RESUELTO Declarar la IMPROCEDENTE la demanda de autos, y en consecuencia, por concluido el presente proceso de inconstitucionalidad. Publíquese y notifíquese. SS. URVIOLA HANI MIRANDA CANALES BLUME FORTINI RAMOS NUÑEZ SARDÓN DE TABOADA ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA 1207723-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban proyectos modificados de habilitación urbana ejecutada de terreno, ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 197-2015-MDA/GDU-SGHUE Ate, 10 de Febrero de 2015 EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 57745 de fecha 09 de Diciembre de 2014, seguido por JONNINO REMUZGO GUERRERO, LUZ YENI PORRAS REMUZGO, EXALTACION IDE REMUZGO GUERRERO, JEAN COLBY REMUZGO CARDENAS, MANUEL TARCIANO REMUZGO GUERRERO, JOSE COPERTINO REMUZGO GUERRERO, HUBERDINO REMUZGO GUERRERO y TARCILA LUCILA REMUZGO GUERRERO, mediante el cual solicitan la Modifi cación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada de tipo Progresivo, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ” del terreno con un área de 10,600.00 m2, ubicado en la Gloria Baja, altura del Km. 14.2 de la carretera central, en el distrito de Ate, y que fuera aprobado los Proyectos de Habilitacion Urbana, mediante Resolucion de Subgerencia Nº 131-2009- MDA/GDU-SGPUC del 19/08/ 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Subgerencia Nº 131- 2009-MDA/GDU-SGPUC de fecha 19 de Agosto de 2009, la Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de esta Entidad Edilicia, Aprueba de conformidad con el Plano Nº 040-2009-SGPUC-GDU/MDA la Adecuación al Sistema Vial Metropolitano de Lima aprobado por Ordenanza Nº 371-MML de la Vía Colectora NN2 en el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Baja Densidad Semirústico “R1-S” del terreno de 10,600.00 m2, ubicado en la Gloria Baja, altura del Km. 14.2 de la carretera central, ubicado en distrito de Ate, y que fuera aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Resolución Nº 009-98-MML-DMDU-DGO de fecha 06 de Febrero de 1998. Y mediante Resolución de Alcaldía Nº 485 de fecha 24 de Mayo de 2001, la Municipalidad Distrital de Ate, Autorizó la inscripción individualizada de los 8 lotes que conforman la manzana única de acuerdo al Plano signado con el Nº 118-97-MML-DMDU-DGO- DHU-DRD; así también, se aprobó la calle 2 (hoy Av. Colectora NN2) con 15.00 ml.; posteriormente mediante Ordenanza Nº 371-MML de fecha 28 de Abril de 2002, la Municipalidad Metropolitana de Lima, modifi ca el Sistema Vial Metropolitano que fuera aprobado en la Ordenanza Nº 341-MML, en el sector San Juan, La Gloria y Pariachi del distrito de Ate, donde dicha vía fue categorizada como vía colectora denominada NN2 con una sección vial de 22.00 ml. Asi también, en la mencionada Resolucion de Alcaldía se señala en el cuarto considerando que los aportes reglamentarios de; Recreación Pública (424.00 m2) Ministerio de Educación (212.00 m2) Otros Fines (106.00 m2) y Serpar (636.00 m2), han cumplido con redimir en dinero el défi cit de dichos aportes, Que, la Modifi cación de Proyecto, consiste en que anteriormente la Zonifi cación del predio en mención era de Uso Residencial de Baja Densidad Semirústica “R1-S”; sin embargo, actualmente, de conformidad con el Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 2079-2014- MML-GDU-SPHU de fecha 11 de Noviembre de 2014, expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, el terreno en mención está califi cado como Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ” aprobado por Ordenanza Nº 1099-MML, cumpliendo los lotes conformantes con el área y frente normativo. Asimismo, la manzana única aprobada, ahora está compuesta por tres manzanas y lotes en su mayoría con edifi caciones de uso de vivienda unifamiliar, contando con las obras básicas de energía eléctrica, faltando las obras de agua potable y desagüe. En cuanto al Sistema Vial, las vías metropolitanas, fueron aprobadas con la Resolucion de Subgerencia Nº 131-2009-MDA/GDU-SGPUC, encontrándose defi nidas en el predio en mención la vía auxiliar de la carretera central y la vía colectora NN2, con la consolidación de las edifi caciones existentes, así como, la instalación de los postes de alumbrado público; debiendo precisar, que desde el eje de la vía colectora hacia el frente del predio se encuentra sujeta a la aprobación del correspondiente Planeamiento Integral, que estará a cargo de la Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro. Asi también, del área útil aprobada en la precitada Resolucion de Subgerencia se ha modifi cado conformando vías locales con plazoleta de volteo, con acceso por la vía colectora y un pasaje peatonal con salida a la carretera central, de conformidad con el Reglamento Nacional de Edifi caciones, Que la Modifi cación de Proyectos, en relación a los Aportes Reglamentarios y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonifi cación “RDM” con un área matriz de 7,838.33 m2 y luego del descuento de los aportes pagados en la habilitación urbana, mediante Resolución de Alcaldía Nº 485; le corresponde los siguientes défi cit de aportes reglamentarios; para Recreación Pública 124.68 m2, Renovación Urbana 78.38 m2 y Otros Fines 50.77 m2, parques zonales y ministerio de educación ya fueron redimidos en dinero, de conformidad con dicha Resolución de Alcaldía. En cuanto a la zonifi cación “CZ” con una área bruta de 2,761.67 m2, le corresponde los aportes de Parques Zonales 138.08 m2, Renovación Urbana 82.85 m2 y Otros Fines 55.23 m2; los cuales se redimirán en dinero de conformidad con el artículo 10º de la precitada ordenanza metropolitana, Que, mediante Liquidación Nº 270-2014-MDA/ GDU- SGHUE de fecha 31 de Diciembre de 2014, se calculó el aporte reglamentario de Recreación Pública 124.68 m2 y Otros Fines 50.77 m2 para la zonifi cación “RDM”, y los derechos de la licencia de modifi cación de proyecto de habilitación urbana ejecutada y por Multa Administrativa, asimismo, se valorizó el aporte de Otros Fines 55.23 m2, para la zonifi cación “CZ”, correspondiendo un monto total de S/. 39,588.05. Y con Resolucion Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 001-2015-MDA-GAT/SGRyC- FM de fecha 27/01/2015, se aprueba el fraccionamiento en 4 cuotas; y con el Recibo Nº 0014027015 (fs. 119) por un monto de S/.9,897.05 nuevos soles, pagados en la tesorería de esta Entidad Edilicia, los administrados acreditan el pago de la primera cuota del mencionado fraccionamiento de pago, Que, los administrados en su solicitud inicial (fs.01), señalan que dejan en garantía el Lote Nº 2 de la manzana “B” en la zona comercial por concepto de pago pendiente de los aportes reglamentarios de Parques Zonales 138.08 m2 (SERPAR – LIMA) y Renovación Urbana 82.85 m2 (EMILIMA),