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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2015 (20/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 549025 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 112-MCPSMH, que aprobó beneficio de regularización tributaria en el C.P. Santa María de Huachipa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002.15-MCPSMH Santa María de Huachipa, 28 de febrero del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARIA DE HUACHIPA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 112-MCPSMH del 16 de Octubre del 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de octubre de 2014, se establecieron benefi cios tributarios para facilitar a los contribuyentes del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, la regularización y cumplimiento de sus obligaciones, además en el artículo 9 de la mencionada Ordenanza Municipal, se delega al Despacho de Alcaldía la facultad de prorrogar a través del Decreto de Alcaldía la vigencia de los benefi cios concedidos. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 le confi ere; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de los benefi cios otorgados mediante Ordenanza Nº 112- MCPSMH, hasta el 30 de Marzo de 2015. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Administración Tributaria y demás miembros de la corporación municipal, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS Alcalde 1213259-1 Prorrogan fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003.15-MCPSMH Santa María de Huachipa, 28 de febrero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARIA DE HUACHIPA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 113-MCPSMH del 27 de enero del 2015, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 08 de Febrero de 2015, se aprueban las fechas de vencimientos para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial 2015, además de fi jarse los costos de emisión mecanizada y la distribución con la determinación de las mismas a los contribuyentes del C.P. Santa María de Huachipa para el cumplimiento de sus obligaciones. Que, en las disposiciones fi nales de la mencionada Ordenanza Municipal, se delega en el Despacho de Alcaldía la facultad de prorrogar lo establecido en el Articulo Nº 2 de dicho texto acreditado, con relación al vencimiento de la Primera Cuota que dice 28 Febrero 2013, que se modifi cará al 31 de Marzo del 2015, a través de un Decreto de Alcaldía si así lo amerita. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 026- 2015/ GAT/MCPSMH y con el Visto Bueno de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica; y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 le confi ere; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de los vencimientos otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 0113-MCPSMH, hasta el 31 de Marzo de 2015, para el pago total o primera cuota del Predial y Arbitrios 2015. Artículo 2º.-. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás miembros de la Corporación Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS Alcalde 1213259-2 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María ORDENANZA Nº 457-MDJM Jesús María, 10 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO; el Dictamen Nº 001-2015-MDJM-CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través de la Ordenanza Nº 453-MDJM, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María, el cual está conformado por diez (10) capítulos, noventa y cuatro (94) artículos, una (01) Disposición Transitoria y dos (02) Disposiciones Finales; Que, de conformidad con el numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el acto administrativo es efi caz a partir de que la notifi cación legalmente realizada produce sus efectos. Al respecto, el artículo 20º del referido cuerpo legal, señala las modalidades de notifi caciones que la administración puede emplear, precisándose en el numeral 20.1.2, que la notifi cación se puede realizar mediante telegrama, correo certifi cado, telefax; o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado; Que, de acuerdo a lo normado, nuestra legislación considera la modalidad de notifi cación electrónica; por lo que, a fi n de mejorar nuestros procedimientos administrativos en materia de notifi caciones con ahorro de tiempo y mayor accesibilidad, haciéndola ésta más