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El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 549019 territoriales de la provincia de Chupaca y de los distritos de Ahuac, Chongos Bajo, Chupaca, Huachac, Huamancaca Chico, San Juan de Iscos, San Juan de Jarpa, Tres de Diciembre y Yanacancha, de la provincia de Chupaca, del departamento de Junín; Que a través de la Ley N° 30265, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 19 de noviembre de 2014, se crea el distrito de Inkawasi, con su capital Amaybamba en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco; Que mediante la Ley N° 30278, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Quichuas, con su capital Quichuas, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica; Que por Ley N° 30279, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Villa Virgen, con su capital Villa Virgen, en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco; Que mediante Ley N° 30280, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 03 de diciembre de 2014, se crea el distrito de Andaymarca, con su capital Andaymarca, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica; Que corresponde al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, realizar las acciones necesarias para otorgar a la población residente de la provincia y nuevos distritos creados, el Documento Nacional de Identidad con los datos actualizados; Que asimismo, la Sexta Disposición Complementaria de la Ley N° 27795 – “Ley de Demarcación y Organización Territorial”, dispone que las entidades y empresas que prestan servicios públicos, adecuarán su información a la nueva delimitación aprobada; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identifi cación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad –DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 91° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), en virtud a la creación de los distritos señalados precedentemente, mediante documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfi ca – UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes de los citados distritos; Que en ese sentido la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que es factible el fi nanciamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográfi ca - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en los distritos de reciente creación, con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios; Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfi ca - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad desde el 19 de marzo al 15 de setiembre de 2015, de los ciudadanos residentes de la provincia y distritos que a continuación se detallan: - Provincia de Putumayo con capital San Antonio del Estrecho, los distritos de Rosa Panduro con capital Santa Mercedes, y Yaguas con capital Remanso, de la provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, creados por Ley N° 30186. - Distritos de Ahuac, Chongos Bajo, Chupaca, Huachac, Huamancaca Chico, San Juan de Iscos, San Juan de Jarpa, Tres de Diciembre y Yanacancha, de la provincia de Chupaca, del departamento de Junín, saneado sus límites territoriales por Ley N° 30212. - Distrito de Inkawasi, con su capital Amaybamba en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, creado por Ley N° 30265. - Distrito de Quichuas, con su capital Quichuas, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, creado por Ley N° 30278. - Distrito de Villa Virgen, con su capital Villa Virgen, en la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, creado por Ley N° 30279. - Distrito de Andaymarca, con su capital Andaymarca, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, creado por Ley N° 30280. Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la fi cha registral en donde conste la impresión dactilar y fi rma del titular, a los ciudadanos residentes de la provincia y distritos señalados en el artículo precedente, hasta el 15 de setiembre de 2015. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Planificación y Presupuesto y Registros de Identificación. Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para los procesos electorales del año 2015, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1214319-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 1483-2015 Lima, 27 de febrero de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa SECREX COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CREDITO Y GARANTIAS, para que se le autorice el traslado de una ofi cina especial, ubicada en Av. Pasaje San Luis Nº 189, Unidad de Vivienda Santa Rosa, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y,