Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2015 (20/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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de Edificacion en el Distrito de Los MORDAZA, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de siete (07) articulos, seis (06) disposiciones finales y dos (02) anexos; cuyo texto integro sera publicado en el MORDAZA electronico Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Articulo Segundo.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para cumplir con los fines de la presente Ordenanza y, de considerarlo necesario, en su oportunidad ampliar los plazos establecidos en la misma. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Subgerencia de Urbanismo; a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; asimismo DISPONER que la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Telecomunicacion proceda a publicar el integro de la MORDAZA aprobada y de sus anexos en el MORDAZA electronico de la Municipalidad de Los MORDAZA cuya direccion es www.munilosolivos.gob.pe; y a la Gerencia de Prensa e Imagen Institucional la difusion del integro de la referida MORDAZA municipal a traves de los medios de comunicacion que correspondan. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA M. DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1213143-1

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2015-MPM-CM Moyobamba, 2 de marzo de 2015 EL CONCEJO PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO Y CONSIDERANDO: Que, en Cuarta Sesion Ordinaria, realizada el dia 27 de febrero de 2015, convocada y presidida por el senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Labajos, MORDAZA MORDAZA Nunez, Gilber Puscan MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, Icela Baneza MORDAZA Zumba, MORDAZA MORDAZA Cobos MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casique, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barrenechea y MORDAZA MORDAZA Chinchay; se trato el tema de "Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de insumos del Programa del Vaso de Leche por causal de Desabastecimiento Inminente"; Que, mediante Nota Informativa Nº 104-2014-MPMGDS-SGPYSS/PVL, de fecha 18 de noviembre de 2014, la Sub Gerencia de Programas y Servicios Sociales, solicita la adquisicion de los productos del Programa del Vaso de Leche, adquisicion que fue aprobada unanimemente por el Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, teniendo como base el Informe Tecnico para la Ejecucion del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Moyobamba ­ Periodo 2015, emitido por el Ingeniero en Industrias Alimentarias MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el mes de noviembre del ano 2014, el mismo que, segun lo indicado por la Sub Gerencia en mencion, cumple con lo dispuesto por la

Resolucion Ministerial Nº 711-2002-SA/DM; adjuntando para tal efecto el acta de aprobacion, las especificaciones tecnicas y las cantidades a ser adquiridas por productos de acuerdo al Presupuesto del Programa Vaso de Leche: S/. 652,147.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES); Que, frente a dicho requerimiento, y sin la realizacion del MORDAZA de seleccion respectivo, con fecha 16 de diciembre de 2014, se suscribe con la "ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LOS OCHO VALLES" el Contrato Complementario Nº 001-2014-MPM, para el suministro de 53,370 litros de leche fresca de vaca por el importe de S/. S/. 74,718.00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES), para atender los meses de enero a marzo del 2015, suma que supera el 30% del monto del contrato original (contrato de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2014MPM/CE), de acuerdo a lo establecido en el articulo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, en ese mismo sentido y en la fecha senalada anteriormente, se suscribe con la empresa "PERUNIC DEL ORIENTE SAC" el Contrato Complementario Nº 0022014-MPM, para el suministro de 15,646.53 Kilogramos de Mezcla Fortificada de Cereales y/o leguminosas o productos similares, por un importe de S/. 86,055.92 (OCHENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO CON 92/100 NUEVOS SOLES), para atender los meses de enero a marzo del 2015, superando dicha suma el 30% del monto del contrato original (contrato de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2014-MPM/CE), de acuerdo a lo establecido en el articulo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 122-2015MPM/A, de fecha 26 de febrero de 2015, se declaro la Nulidad de Oficio del Contrato Complementario Nº 0022014-MPM, Ampliacion al Contrato de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2014/MPM/CE I Convocatoria, suscrito con la empresa "PERUNIC DEL ORIENTE SAC." para el suministro de 15,646.53 Kilogramos de Mezcla Fortificada de Cereales y/o Leguminosas o Productos Similares, por un importe de S/. 86,055.92 (OCHENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO CON 92/100 NUEVOS SOLES), para atender los meses de enero a marzo del 2015; Que, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 1222015-MPM/A, de fecha 26 de febrero de 2015, se declaro la Nulidad de Oficio del Contrato Complementario Nº 001-2014-MPM, Ampliacion al Contrato de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2014-MPM/CE, suscrito con la "ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LOS OCHO VALLES", para el suministro de 53,370 Litros de Leche Fresca de Vaca por el importe de S/ 74,718.00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES), para atender los meses de enero a marzo del 2015; Que, con el Informe Nº 001-2015-MPM-GDSSGPySS/PVL, del 26 de febrero de 2015, el encargado del Programa Vaso de Leche, solicita a la Sub Gerencia de Programas y Servicios Sociales, realizar los tramites pertinentes, con la finalidad que el Concejo Municipal apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de desabastecimiento inminente acorde con el articulo 129º de la Ley de Contrataciones del Estado y asi pueda contratarse de manera directa para el abastecimiento de los productos alimenticios respectivos y permitan el reparto de la racion por los meses de marzo a MORDAZA de 2015 , mientras se lleve a cabo los procesos de seleccion para compra de leche fresca de vaca y mezcla fortificada de cereales y/o leguminosas o productos similares, para atender a los beneficiarios del Programa Vaso de Leche; Que, con la Nota Informativa Nº 163-2015-MPM-GDS, de fecha 26 de febrero de 2015, la Gerencia de Desarrollo Social, advierte que al haberse declarado nulos de oficios los contratos complementarios con la empresa "PERUNIC DEL ORIENTE SAC" y la "ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LOS OCHO VALLES", se encuentran en una situacion de desabastecimiento inminente, razon por la cual, solicita la Exoneracion del MORDAZA de seleccion, a fin de evitar

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