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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2015 (20/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015 549026 efectiva, la Comisión de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 001-2015-MDJM-CAJ ha recomendado modifi car el artículo 21º del Capítulo III del Reglamento Interno del Concejo Municipal incorporando la modalidad de notifi cación electrónica para efecto de convocatoria a Sesiones de Concejo. Para esta implementación existen requisitos que deberán cumplirse a fi n de que el sistema de notifi cación electrónica sea válido: 1. Que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo 2. Que permita comprobar fehacientemente quien lo recibe 3. El empleo de la notifi cación vía correo electrónico, debe haber sido solicitada expresamente por el Regidor; Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA Artículo Único.- MODIFÍQUESE, el artículo 21º del Capítulo III del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María, aprobado con Ordenanza Nº 453-MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo 21º.- Oportunidad de convocatoria El Alcalde convoca y preside las Sesiones de Concejo, a las cuales se citará en el caso de Sesiones Ordinarias y Solemnes cuando menos con cuarenta y ocho horas de anticipación, y las extraordinarias cuando menos con veinticuatro horas. Las citaciones para Sesión de Concejo, se efectuarán mediante dos modalidades de notifi cación: 1.- Físicamente en los domicilios de los miembros del Concejo y 2.- Virtualmente a través de correos electrónicos. Quedando los miembros del Concejo válidamente notifi cados, mediante cualquiera de ambas vías. En situaciones de emergencia declaradas conforme a Ley, el Concejo puede dispensar el trámite de convocatoria a Sesión Extraordinaria, siempre que se encuentren presentes sufi cientes Regidores como para hacer quórum.” POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1213336-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el distrito ORDENANZA Nº 411-2015-CDLO Los Olivos, 9 de marzo de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: En sesión de Concejo el Informe Nº 00071-2015- MDLO/GDU/SGU del 23.02.2015 de la Sub Gerencia de Urbanismo, el Memorándum Nº 013-2015-MDLO/GDU del 24.02.2015 de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 084-2015/MDLO/GAJ del 24.02.2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 841- 2015/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 194-