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El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549179 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº007-2015-MPH/GRAT de fecha 04 de marzo de 2015 de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria que remite la propuesta de las bases y actas para el concurso público de méritos para la designación de un ejecutor coactivo 2015; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos Promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, especifi ca que “Los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, el numeral 32 del Artículo 9º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el “Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo”, recogido ello por el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 034 que aprueba el Reglamento Interno de Concejo; Que, el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS señala que “La designación del Ejecutor, como la del Auxiliar, se efectuará mediante concurso público de méritos”; Que, el artículo 1º de la ley 27204, publicada el 26 de noviembre de 1999, precisa que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en este artículo, no implica que dichos cargos sean de confi anza. Que mediante Informe Nº007-2015-MPH/GRAT de fecha 04 de marzo de 2015 la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria remite la propuesta de las bases y actas para el concurso público de méritos para la designación de un ejecutor coactivo 2015 – Concurso Publico de Méritos Nº 001-2015-MPH. Que a través del Informe Nº24-2015-MPH/GPPR de fecha 05 de marzo de 2015 la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, señala que lo solicitado está enmarcado en la Ordenanza municipal Nº 016-2012-MPH, el mismo que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Provincial de Huaral, que consta de 294 cargos, el mismo que se precisa en la fase del concurso. Que, mediante Informe Nº0219-2015-MPH/GAJ de fecha 05 de marzo de 2015 la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la aprobación las bases y actas para el concurso público de méritos para la designación de un ejecutor coactivo 2015 – Concurso Público de Méritos Nº 001-2015-MPH. Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones que le confi eren los Artículos 9º, 39º y 41º de Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con dispensa de la presentación del dictamen de la comisión de regidores correspondiente y dada la urgencia de adoptar una decisión respecto al tema, con el voto unánime de los señores Miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR las Bases y Actas para el concurso público de méritos para la designación de un ejecutor coactivo 2015 para la Municipalidad Provincial de Huaral, correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 001-2015-MPH, las mismas que forman parte del presente Acuerdo de Concejo en Anexo adjunto. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Huaral, dictar las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación del presente Acuerdo de Concejo, a través, de la correspondiente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, unidad orgánica dependiente de la Gerencia de administración y Finanzas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, unidad orgánica dependiente de la Gerencia Municipal, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe) Regístrese, comuníquese, y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1214669-1 Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0148-2015-MPH Huaral, 13 de marzo de 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia, con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades son los órganos del gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los artículos 39º y 43º de la Ley 27972 – Ley de Orgánica de Municipalidades establece que el Alcalde a través de Resoluciones de Alcaldía aprueba y resuelve asuntos de carácter administrativo. Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736 – Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado – aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, señala que todo organismo público y empresa del Estado, está obligada a remitir al Programa Red CIL PROEMPLEO del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursarlos; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736, los organismos públicos y empresas designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario que se encargará de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Provincial de Huaral al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; POR LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES - LEY Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Secretario General, Abog. Roberto Carlos Ramírez Lázaro como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Provincial de Huaral al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- ENCOMENDAR a la Secretaria General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas la Publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1214670-1