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El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549173 Que, es política de la presente Gestión, incentivar y establecer benefi cios para el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones tributarias, siendo necesario por ello otorgar facilidades a los contribuyentes, mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias, y; Que, de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 292/ML, establece el Cronograma de Vencimiento del Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2015, y; Que, mediante Disposición Final de la ordenanza mencionada en el párrafo precedente, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la ordenanza en mención, y; Que, de conformidad con el inciso 6) del artículo 20º y el artículo 42º, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales 2015, hasta el 30 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, la Sub Gerencia de Informática y la Secretaría General a través de la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE Alcalde 1214009-1 Designan funcionaria responsable de entregar información solicitada por la ciudadanía RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 046-2015-ALC/ML Lurín, 22 de enero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 002-2015- ALC/ML de fecha 05 de enero de 2015, se designó a la Abog. ROSA MARLENY ANGELES ÑIQUEN en el cargo de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Lurín, y; Que, en concordancia a lo establecido por nuestra Carta Magna, se promulga la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, norma que regula este derecho fundamental de acceso a la información, cautelando y promoviendo la transparencia de los actos de toda entidad de la Administración Pública, entre ellos los Gobiernos Locales; Que, el párrafo último del Artículo 3º de la referida Ley, indica la obligatoriedad de toda entidad pública para designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, tal obligatoriedad se cumple bajo responsabilidad de su máximo representante, según lo preceptuado por el Artículo 8º de la citada Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que resulta necesario efectuar dicha designación, y; Que, estando a la normatividad antes glosada y a lo dispuesto por el Art. 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Abog. ROSA MARLENY ANGELES ÑIQUEN, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Lurín, como funcionaria responsable de entregar la información solicitada por la ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Artículo Segundo.- DISPONER que las Gerencias, Sub Gerencias y las demás áreas que componen el organigrama estructural de la Municipalidad Distrital de Lurín, proporcionen a la Secretaría General toda la información que esté solicitare, bajo responsabilidad a fi n de que cumpla con la función encomendada. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE Alcalde 1214008-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Prorrogan la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2015 y beneficio tributario de descuento por pronto pago ORDENANZA Nº 289-2015-MDPH Punta Hermosa, 25 de febrero de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero de 2015, el Memorándum Nº 017-2015-GAT- MDPH (18.02.15) y el Informe Nº 020-2015-GAT/MDPH de la Gerencia de Administración Tributaria y, el Informe Nº 041-2015-OAJ/MDPH de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creación, modifi cación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos administrativos, de conformidad con los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordantes con las Normas III y IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; Que, mediante Ordenanza Nº 286-2015-MDPH, publicada con fecha 12 de febrero de 2015, el Concejo Municipal aprobó las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2015, benefi cio tributario otorgado a los contribuyentes que cumplen puntualmente con el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, fi jándose como fecha límite para la cancelación al contado de los tributos, el día 28 de febrero de 2015; Que, del informe emitido por Gerencia de Administración Tributaria se aprecia que a la fecha existe un considerable número de contribuyentes que aún no ha cumplido con cancelar sus tributos correspondiente al ejercicio 2015, razón por la cual es necesario brindarles mayores facilidades, a efectos que éstos cumplan con la cancelación de los mismos, para lo cual resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta el 06 de abril de 2015;