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El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551824 cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se Aprueba los Lineamientos para Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, en su artículo 28 establece los casos por la cual se crea la necesidad de aprobar el ROF, siendo uno de ellos la optimización o simplifi cación de los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de efi cacia y efi ciencia, y presten mejores servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran. La Cuarta Disposición Complementaria Final de la citada Ley establece que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) será sustituido por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM se Aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, donde en su Décima Tercera Disposición Complementaria Transitoria señala que el clasifi cador de cargos del INAP sigue vigente hasta que se implemente el manual de puestos tipo, el cual empieza a partir de la expedición de la Resolución SERVIR de inicio al tránsito al nuevo régimen; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE se aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades” donde se establece los lineamientos que las entidades del sector público deben seguir para la aplicación progresiva de la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057, durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057. Asimismo, comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional- CAP Provisional. Asimismo, el ítem 5.5.2 establece que los gobiernos locales deben aprobar el CAP Provisional mediante Ordenanza municipal; Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra aun no inicia el tránsito al régimen previstos en la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil, en concordancia con su Reglamento General aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-SERVIR/PE se aprueban la Directiva Nº 001- 2013-SERVIR/GDSRH “Normas para la Formulación del Manual de Perfi les de Puestos (MPP)” y sus anexos, que entró en vigencia el 2 de enero del 2014, cuyo objetivo es establecer los lineamientos que todas las Entidades de la Administración Pública deben seguir para la elaboración, aprobación, implementación y actualización del Manual de Perfiles de Puestos (MPP), bajo el esquema y metodología propuesta para su formulación. Sin embargo, el numeral 6.1 establece que en tanto dure el proceso de adecuación al MPP, en el caso que las entidades se encuentren en procesos de actualización y/o modifi cación de sus MOF o que hayan culminado los referidos procesos, dichos MOF mantendrán su vigencia hasta que se adecuen a la nueva normatividad; Que, asimismo, los requisitos mínimos y deseables para ejercer los cargos de la entidad previstos en el MOF pueden ser variados tanto para adecuarlos al ordenamiento jurídico vigente como para mejorar la gestión institucional con el propósito de proporcionar un servicio de mejor calidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR/PE se aprueba la Directiva Nº 002-2014-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en la entidades públicas”, donde el numeral 8.5 establece que las entidades que aún no hayan iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil continúan gestionando su Manual de Organización y Funciones MOF, su Cuadro para Asignación de Personal, su Cuadro para Asignación de Personal Provisional según corresponda conforme a las normas sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 500-2015-SGPP-GAFP/ MDPP la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación del Personal (CAP) Provisional y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, considerado necesario la actualización de éstos instrumentos de gestión a fi n de adecuarse a las normas legales vigentes así como a la actualización de las competencias de cada unidad orgánica de la Municipalidad, todo ello enmarcado dentro de la política de modernización del estado y la simplifi cación administrativa en procura de una gestión edil efi ciente y de calidad; Que, mediante Informe Legal Nº 126-2015-GAJ/ MDPP la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación del Personal (CAP) Provisional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; alcanzado por la Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento a través del Memorándum Nº 703-2015-GAFP/MDPP que de acuerdo al numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 le corresponde ser aprobado por el concejo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNANIME de los (as) Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) PROVISIONAL Y EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- Aprobar la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, la cual como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, las mismas que como anexo forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, la cual que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial el Peruano conforme a ley. Artículo Quinto.- Disponer la derogatoria de normas municipales que contravengan a la presente ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- Disponer que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación del texto y los anexos de la presente Ordenanza en el Portal web institucional (www.munipuentepiedra.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano ( www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON FERNANDO JIMENEZ SALAZAR Alcalde