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El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551821 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad ORDENANZA Nº 464-MDJM Jesús María, 27 de abril del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA VISTO; el Dictamen Nº 003-2015-MDJM-CEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, el Cuadro para Asignación de Personal –CAP, es un instrumento de gestión que contiene los cargos en base a la estructura orgánica prevista en su Reglamento de Organización y Funciones – ROF, y a los objetivos y metas establecidos en sus planes institucionales de cada entidad; se formula en base a la estructura orgánica aprobada por Ordenanza; Que, con Ordenanza Nº 463-MDJM fecha 14 de abril del 2015, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, la actualización del Cuadro para Asignación de Personal –CAP, se ha realizado de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos. Que, el precitado Decreto resalta en razón a que la derogatoria dispuesta en el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040- 2014-PCM, no se aplica aún a la Municipalidad Distrital de Jesús María, toda vez que se requiere que previamente se haya aprobado el Cuadro de puestos de la entidad –CPE, luego de la culminación del tránsito al régimen, como expresamente se establece en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria, que taxativamente emplaza que “el reemplazo del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) se realizará al momento que la entidad aprueba su CPE”; Que, mediante Informe Nº 060 -2015-MDJM-GPP del 23 de abril de 2014, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Técnico Sustentatorio de propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad adecuado a la estructura aprobada mediante Ordenanza Nº 463-MDJM; Que, compete al Concejo Municipal aprobar el Cuadro de Asignación de Personal, conforme lo dispuesto al numeral 32 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL –CAP DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de Empleados y Obreros de la Municipalidad distrital de Jesús María, el mismo que en Anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, sin los anexos correspondientes. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia del Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María www. munijesusmaria.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas –PSCE: www.psce.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1231747-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Derogan las Ordenanzas Nºs. 156-2012/ MLV y 169-2013/MLV, que establecieron beneficios e incentivos tributarios por actualización y regularización de los contribuyentes en el distrito ORDENANZA Nº 215-2015/MDLV La Victoria, 28 de abril de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Abril del 2015, el Dictamen Nº 003-2015-CPRDE/ MDLV de la Comisión Permanente de Rentas y Desarrollo Económico, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de Ley a las Ordenanzas Municipales; Que, el artículo 40º, segundo párrafo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que mediante ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modifi catoria, conforme al numeral 9) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante las Ordenanzas Nº 156-2012/MLV y Nº 169-2013/MLV, se establecieron benefi cios e incentivos tributarios por actualización y regularización de los contribuyentes en el Distrito de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 077-2015-GSAT/MDLV, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria,