Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2015 (01/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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POR CUANTO: VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de MORDAZA del 2015, en la Estacion Orden del Dia el Proyecto de Ordenanza Municipal referente a la Modificacion del Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­ RAS de la Municipalidad Provincial de Barranca aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2014-AL/CPB; CONSIDERANDO:

El Peruano Viernes 1 de MORDAZA de 2015

Articulo 2º.- DEROGUESE el articulo 32º y 33º de la Ordenanza Municipal Nº 0014-2014-AL/CPB, y todas las Disposiciones que se opongan a la presente MORDAZA Municipal, manteniendo en todos sus extremos no modificados o derogados por la presente ordenanza municipal, la Ordenanza Municipal Nº 0014-2014-AL/ CPB. Articulo 3º.- INCORPORESE a la Ordenanza Municipal Nº 0014-2014-AL/CPB: DISPOSICIONES FINALES

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, preceptua que los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, dispone: "Los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo". En los articulos 46º al 49 Sub Capitulo II Sobre la capacidad Sancionadora de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0014-2014AL/CPB, se aprobo el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas ­ RAS de esta Corporacion Edilicia, y de la revision del mismo se puede determinar que existen algunos articulos que vulneran el procedimiento sancionador regulado en los articulos 229º al 237º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, y respecto al procedimiento para que el organo instructor y el organo sancionador del procedimiento sancionador puedan emitir Resoluciones Medidas de caracter Provisional y poder ejecutar medidas cautelares previas, por no estar conformes a los articulos: 146º, 147º, del 192º al 200º, 226º, 235º y 237º todos de la Ley Nº 27444 y los articulos 12º y 13º de la Ley Nº 26979 de Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Que, al haberse vulnerado la naturaleza del procedimiento sancionador en la Ordenanza Municipal Nº 0014-2014-AL/CPB, genera que las Gerencias que deberian estar obligadas a sancionar respecto al procedimiento sancionador no lo esten ejerciendo, y las personas que pretendan ejercerlas segun el contenido de la ordenanza que se modifica, pudieran ser pasibles de las responsabilidades que regulan los articulos 238º al 243º sobre La Responsabilidad de La Administracion Publica y del Personal a su Servicio, regulados en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de la responsabilidad penal que podria haber lugar. Que, la presente modificatoria se debe a la propuesta de proyecto de ordenanza municipal adjunta al Informe Nº 034 -2015-YSHC-EC-MPB, suscrito por la Oficina de Ejecutoria Coactiva, que emite opinion tecnica y legal, y el Informe Nº 321-2015-OAJ-MPB de la Oficina de Asesoria Juridica, que emite opinion juridica favorable para la aprobacion del Proyecto de Modificacion del Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­ RAS para esta Corporacion Edilicia. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME del Pleno de Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES ­ RAS APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0014-2014-AL/CPB Articulo 1º.- APRUEBESE, la Modificacion del Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­ RAS de la Municipalidad Provincial de Barranca. Modifiquese los articulos: 2º, 4º, 5º, 8º, 9º, 16º, 19º, 20º, 22º, 23º, 24º, 25º, 34º, y 38º de la Ordenanza Municipal Nº 0014-2014-AL/CPB.

Primera.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias de la presente Ordenanza seran dictadas por el MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda modificar, o incorporar, nuevas infracciones al Cuadro de Infracciones Escala de Multas y Medidas Complementarias introduciendo las especificaciones o graduaciones que contribuyan a la mas correcta identificacion de las conductas o a la mas precisa determinacion de las sanciones correspondientes, la misma que debera publicarse en el Diario Oficial el Peruano u en uno de mayor circulacion local, a efectos de que se encuentre incorporada al derecho. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las normas procedimentales contenidas en la presente Ordenanza son de aplicacion inmediata, incluso al MORDAZA en tramite. Segunda.- Establezcase un plazo de treinta (30) dias calendario a fin que las diferentes dependencias municipales adecuen sus procedimientos a las disposiciones de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad funcional. Articulo 4º.- ENCARGUESE, a todas las Gerencias y Sub Gerencias que corresponda el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Articulo 5º.- PUBLIQUESE, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, y sus Anexos en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe en cumplimiento del Articulo 3º numeral 3.2 literal f) del reglamento de la Ley Nº 29091. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los 17 dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. MORDAZA ELGAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1231479-1

Ordenanza para otorgamiento de beneficio no tributario en el pago de deudas por infracciones al MORDAZA y transporte a la Municipalidad Provincial de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2015-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 17 del mes de MORDAZA del 2015, la Opinion Legal Nº 322-2015-0AJ-MPB, Informe Nº 127-2015 ­ SGSVF-MPB, el Informe Nº046 -2015-GTSV-MPB, de fecha 30 de Marzo 2015, de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, y;

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