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El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551826 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad, para el año fiscal 2016 ORDENANZA Nº 427-2015-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de abril de 2015, Dictamen Nº 001-2015-CPP/MDR de la Comisión de Planifi cación y Presupuesto, Dictamen Nº 001-2015-CPV/MDR de la Comisión de Participación Vecinal, Informe Nº 23-2015-GDHYS-MDR de fecha 21 de abril de 2015 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Informe Nº 197-2015-GAJ-MDR de fecha 17 de abril de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 32-2015-GPP/MDR de fecha 15 de abril de 2015 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Memorandum Nº 191-2015-GM/MDR de fecha 15 de abril de 2015 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital del Rímac, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confi ere el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo Nº 53º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción; Que, el artículo 97º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y los Presupuestos Participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, precisan disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y su modifi catoria, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Artículo 2º señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante la cual se defi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010_EF/76.01, instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado por Resultados; Que, mediante Memorándum Nº 437 A -2014-GPP/ GM/MDR del 30.03.2015, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y mediante Informe Nº 174 A-2014-GAJ- MDR del 30.03.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Resolución de Alcaldía Nº 240-2014-MDR del 30.03.2014, señalan que con el fi n de dar cumplimiento a las normas que legislan sobre el Presupuesto Participativo, es necesario la aprobación del Proyecto, que contiene entre otros aspectos, la determinación de los Agentes Participantes, la conformación y funciones del Equipo Técnico, las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y el Cronograma de Actividades; Que, asimismo agrega, la Gerencia de Asesoría Jurídica, que en cuanto a la pre-publicación que dispone el Decreto Supremo 001-09-JUS, la presente Ordenanza se encuentra exonerada de la misma, por cuanto la propuesta facilitará, promoverá e incentivará la participación vecinal a fi n de consolidar el Presupuesto Participativo 2016; Que, mediante Dictamen Nº 001-2015-CPP/MDR de la Comisión de Planifi cación y Presupuesto, Dictamen Nº 001-2015-CPV/MDR de la Comisión de Participación Vecinal, Informe Nº 23-2015-GDHYS-MDR de fecha 21 de abril de 2015 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Informe Nº 197-2015-GAJ-MDR de fecha 17 de abril de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 32-2015-GPP/MDR de fecha 15 de abril de 2015 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, consideran procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su aprobación conforme a sus facultades; En uso de las facultades conferidas por el inciso 1) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica De Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó con el voto unánime y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC AÑO FISCAL 2016 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital del Rímac, que consta de siete Títulos, treinta y tres Artículos y ocho disposiciones complementarias y un Anexos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fi nes del mismo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para el estricto cumplimiento del Reglamento. Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles, la publicación de la presente Ordenanza, Reglamento y su Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad del Distrito del Rímac así como en el diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social, la difusión del Reglamento Participativo a fi n de que los ciudadanos del distrito del Rímac, agrupados en diferentes organizaciones, juntas, entre otros; participen en el Proceso de Presupuesto Participativo. POR TANTO: Mando se regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal a los veintidós días del mes de abril del año dos mil quince. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1231981-1