Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

551895
REQUISITOS Adjuntar lista de capacitacion - Pago del derecho asistentes a la por Curso 180.00 4.68% Plazo : 15 dias habiles Nota : max. 50 personas IMPORTE FORMA DE DE PAGO PAGO (S/.) % UIT (Ano 2015 = 3,850) PLAZOS Y/O NOTAS IMPORTANTES

SERVICIOS

-

Solicitud dirigida al Sr. Alcalde. 5 CURSO DE FORMACION DE - especificando los datos BRIGADISTAS Y COMISION DE de la persona encargada o contacto del GESTION DE RIESGOS PARA evento ENTIDADES PRIVADAS - MORDAZA de DNI Adjuntar lista de asistentes a la capacitacion - Pago del derecho por Curso Solicitud dirigida al Sr. Alcalde. especificando los datos personales completos y curso de capacitacion al que asisitio del cual solicita el certificado.

320.00

8.31% Plazo : 5 dias habiles

6 MORDAZA DE CAPACITACION

- MORDAZA de DNI MORDAZA de carnet o MORDAZA de trabajador - Pago del derecho por Persona

10.00

0.26%

1232112-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Ordenanza Municipal que convoca y reglamenta el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito para el ano 2016
ORDENANZA Nº 379-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 24 de MORDAZA de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 24 de MORDAZA de 2015, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato el proyecto de Ordenanza que reglamenta el MORDAZA Anual del Presupuesto Participativo basado en resultados en el Distrito de San MORDAZA de Porres - 2016. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, es un organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que le confiere el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestion Publica;

Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Asimismo, el articulo IX del Titulo Preliminar, establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el articulo 53º de la mencionada ley, senala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion; Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 1422009-EF, senala en su Articulo 3º que dicho MORDAZA tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion a traves de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social de las acciones publicas; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA de 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo por resultados; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil, asi como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA de desarrollo del presupuesto participativo para el ano 2016, el cual permitira asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local; Que, en virtud de ello se conformara el equipo tecnico de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres que desarrollara el presupuesto participativo para el ano 2016, el cual sera presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quedando integrado por distintos funcionarios de la Municipalidad que brindaran el apoyo profesional y tecnico que se requiere para tal fin; Estando en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por Unanimidad, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, la siguiente:

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