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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2015 (02/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Sábado 2 de mayo de 2015 551890 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 233-2015-MDPP-ALC Puente Piedra, 28 de abril del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 466-2015-SGPP-GAFP/MDPP y el Informe Nº 528-2015-SGPP-GAFP/MDPP emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el cual adjunta el Proyecto del TUSNE de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, el Memorándum Nº 745-2015- GAFP/MDPP y el Memorándum Nº 702-2015-GAFP/MDPP de la Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento, el Informe Legal Nº 125-2015-GAJ/MDPP y el Memorando Nº 143-2015-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales en los asuntos de su competencia, otorgándoles potestad para Administrar sus bienes y rentas de conformidad a lo establecido en el Art. II y IV del Título preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; Que el artículo 32º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la efi ciencia y efi cacia del servicio y el adecuado control municipal”; Que, según el Artículo 37, de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento”; Que, mediante Ordenanza Nº 203-MDPP se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, en el Artículo 33, numeral q) defi ne como una de las funciones de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto el de conducir y consolidar los procesos de elaboración de instrumentos de gestión en general, así como sus respectivas modifi caciones y/o actualizaciones, entre ellos el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) un documento de gestión de orientación y adecuación de los diversos servicios no exclusivos que brindan las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad; Que, mediante el Informe Nº 466-2015-SGPP-GAFP/ MDPP la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto en cumplimiento de sus atribuciones remite el proyecto del TUSNE de la Municipalidad en base a la información remitida por las áreas prestadoras de los servicios; Que, mediante el Informe Legal Nº 125-2015-GAJ/ MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica en la conclusión señala encontrándose conforme el Proyecto Texto Único de Servicios No Exclusivos presentado con el Memorándum Nº 702-2015-GAFP/MDPP; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20 numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su difusión a través del portal web institucional y a la Gerencia Municipal de acuerdo a su competencia. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON FERNANDO JIMENEZ SALAZAR Alcalde ANEXO I TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS ( TUSNE ) SERVICIOS REQUISITOS FORMA DE PAGO IMPORTE DE PAGO (S/.) % UIT (Año 2015 = 3,850) PLAZOS Y/O NOTAS IMPORTANTES SUBGERENCIA DE JUVENTUDES 1) SERVICIOS EN EL ESTADIO MUNICIPAL 1.1) ALQUILER DEL CAMPO DEPORTIVO CON GRASS NATURAL a) De día (8:00 am a 6 pm) - Pago por derecho de alquiler por Hora 95.00 2.47% Nota : Antes de realizar el pago, coordinar el horario en la Subgerencia de Juventudes 1.2) ALQUILER DEL CAMPO DEPORTIVO CON GRASS SINTETICO a) De día (8:00 am a 6 pm) - Pago por derecho de alquiler por Hora 40.00 1.04% Nota : Antes de realizar el pago, coordinar el horario en la Subgerencia de Juventudes b) De noche (6 pm a 12 pm) - Pago por derecho de alquiler por Hora 50.00 1.30% Nota : Antes de realizar el pago, coordinar el horario en la Subgerencia de Juventudes 1.3) ALQUILER DE LA PISTA ATLETICA