Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

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su parte resolutiva Nº 2.- Ordenar a las Municipalidades Distritales de San MORDAZA de Porres e Independencia a que, conjuntamente, soliciten y agoten los esfuerzos necesarios para realizar el procedimiento descrito en el articulo 12 de la Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, a efectos de determinar con exactitud hasta donde llega la jurisdiccion territorial de cada una de ellas. Que, ademas el procedimiento descrito en el articulo 12 de la "Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial", Ley Nº 27795, es que la demarcacion territorial se hace a traves de la consulta vecinal, como textualmente lo establece el numeral 12.2 "De existir imprecision en los limites territoriales el organo tecnico competente define el sector en conflicto a efectos de que los pobladores involucrados, en consulta vecinal, se pronuncien por la circunscripcion a la que desean pertenecer". Que, los vecinos del Distrito de San MORDAZA de Porres son respetuosos de las sentencias del Tribunal Constitucional, por ser el MORDAZA interprete de la Constitucion, y dado que el Dictamen que aprueba el Proyecto de Ley Nº 3293/2013PE, se sustenta en informes tecnicos legales nulos, rechazamos este MORDAZA recorte territorial, que contraviene lo resuelto por el Tribunal Constitucional; por lo que consideramos necesario que se inicien las acciones legales correspondientes, contra quienes pretenden por intereses subalternos y antidemocraticos, aprobar un Proyecto de Ley arbitrario e ilegal; De conformidad con los articulos 39º y 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres, aprueba el siguiente: ACUERDO:

Emiten pronunciamiento sobre Dictamen de Comision del Congreso de la Republica recaido en el Proyecto de Ley N° 3293/2013-PE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2015-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 24 de MORDAZA del 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 24 de MORDAZA del 2015, con el quorum reglamentario de los senores regidores; CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento que la Comision de Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y Modernizacion de la Gestion del Estado del Congreso de la Republica, el dia 14 de MORDAZA de 2015 aprobo por mayoria el Dictamen recaido en el Proyecto de Ley Nº 3293/2013PE, remitido por el Presidente de la Republica Senor Ollanta Humala Tasso, denominado Ley de Delimitacion Territorial Suroeste del Distrito de Independencia, colindancia con el Distrito de San MORDAZA de Porres en la Provincia y Departamento de Lima. Que, advirtiendo que el Dictamen que aprueba el Proyecto de Ley Nº 3293/2013-PE se sustenta en informes tecnicos remitidos por la Presidencia del Consejo de Ministros, como el Informe Tecnico Nº 022-2013-PCM/ DNTDT/OATGT-jloh, emitido por la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, la cual senala que las leyes de creacion de los distritos de San MORDAZA de Porres e Independencia son imprecisos, y el Oficio Nº 3401-2014PCM/SG/OCP, que contiene el Memorando Nº 1907-2014PCM/OGAJ y el memorando Nº 448-2014-PCM/DNTDT y que el proyecto nace como una propuesta del Poder Ejecutivo, tomando como base a la Ley Nº 27795 Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremos Nº 019-2003-PCM, sin considerar lo establecido en su articulo 12; asi como por sentencia expedida por un organo jurisdiccional, como lo reitera la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la PCM a traves de la Hoja Informativa Nº 75-2014-PCM/DNTDT que senala "...que su proceder se da en el MORDAZA de la conclusion del MORDAZA judicial...", tomando como referencia un MORDAZA judicial iniciado por la Municipalidad Distrital de Independencia contra la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en la que ilegalmente el Poder Judicial establecio limites territoriales, cuando no es la autoridad competente para realizar dicha funcion, no considerando ademas los pronunciamientos del Tribunal Constitucional quien ha conocido diversos conflictos entre diversas municipalidades como son los expedientes Nº 00003-2008-PCC/TC, 00007-2009-PCC/ TC, 00012-2012-PI/TC y 0004-2013-PCC/TC, es que el Informe Tecnico Nº 022-2013 ­PCM/ DNTDT/OATGT, el Oficio Nº3401-2014-PCM/SG/OCP, que contiene el Memorando Nº 1907-2014-PCM/OGAJ y el memorando Nº 448-2014-PCM/DNTDT, asi como la Hoja Informativa Nº 75-2014-PCM/DNTDT, SON NULOS DE PLENO DERECHO; dichos informes tecnicos legales indican serias contradicciones al senalar que los limites territoriales se encuentran definidos en una sentencia del Poder Judicial, sin tener en cuenta los pronunciamientos del Tribunal Constitucional, ademas de contener contradicciones sobre la imprecision de los limites territoriales de los distritos de San MORDAZA de Porres e Independencia, tomando incluso como referencia la ley de creacion la Ley del Distrito de Los MORDAZA la cual solo tuvo por objeto crear un distrito y no incrementar ni modificar demarcaciones territoriales de otros distritos, es que deviene en nulidad. Que, la NULIDAD del Dictamen que aprueba el Proyecto de Ley Nº 3293/2013-PE, es NULO, radica en que no se esta dando cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal Constitucional, en los expedientes Nº 00032008-PCC/TC y 00007-2009-PCC/TC, que establecen en

RECHAZAMOS EL DICTAMEN DE LA COMISION DE DESCENTRALIZACION, REGIONALIZACION, GOBIERNOS LOCALES Y MODERNIZACION DE LA GESTION DEL ESTADO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, QUE RECORTA NUESTRA DELIMITACION TERRITORIAL
Articulo Primero.- RECHAZAR ENERGICAMENTE el Dictamen de la Comision de Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y Modernizacion de la Gestion del Estado del Congreso de la Republica, de fecha 14 de MORDAZA de 2015, suscrito por su Presidente Senor MORDAZA DAMMERT MORDAZA AGUIRRE; denominado Ley de Delimitacion Territorial Suroeste del distrito de Independencia, colindancia con el distrito de San MORDAZA de Porres en la provincia y departamento de MORDAZA, aprobando por mayoria, el Proyecto de Ley Nº 3293/2013-PE, remitido por el Presidente de la Republica Senor Ollanta Humala Tasso, el mismo que agravia los derechos e intereses del Pueblo Sanmartiniano, contraviniendo lo dispuesto por el Tribunal Constitucional. Articulo Segundo.- Facultar al senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piaggio, para que disponga las acciones legales correspondientes, a efectos que se deje sin efecto el Dictamen que aprobo el Proyecto de Ley Nº 3293/2013PE del Poder Ejecutivo, arbitrario e ilegal. Articulo Tercero.- Autorizar al Procurador Publico Municipal para que en representacion de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, inicie las acciones legales correspondientes en defensa de sus limites territoriales. Articulo Cuarto.- Convocar a la poblacion de San MORDAZA de Porres para que organizadamente y dentro del MORDAZA de la ley, adopten todas las acciones necesarias en defensa de nuestra integridad territorial. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, a la Subgerencia de Comunicaciones y a la Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, la publicacion y difusion del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIAGGIO MORDAZA

1232116-1

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