Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2015 (08/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para el funcionamiento del Grupo de Trabajo. Articulo 8.- Instalacion El Presidente del Grupo de Trabajo convoca a la sesion de instalacion, dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores al vencimiento del plazo establecido en el articulo 5. Articulo 9.- Funcionamiento del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo determina la forma de su funcionamiento, los plazos para la emision de sus informes, la oportunidad de sus sesiones, el lugar donde se realizan las sesiones, asi como cualquier otra decision que permita viabilizar el cumplimiento del objeto de la presente norma. Articulo 10.- Plazo de vigencia del Grupo de Trabajo y de MORDAZA del informe final El plazo para el desempeno de las funciones del Grupo de Trabajo se cuenta desde el dia de su instalacion hasta la MORDAZA del informe final de sus actividades por parte de la Presidencia del Grupo de Trabajo a los titulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, lo que debe producirse en un plazo no mayor a noventa (90) dias habiles posteriores a la realizacion de los eventos a que se refiere la presente norma. Articulo 11.- Financiamiento La implementacion del Grupo de Trabajo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores. La realizacion de la X Cumbre de la Alianza del MORDAZA en el ano 2015, actividades, eventos conexos y demas reuniones que se desarrollen MORDAZA, durante y despues de la mencionada Cumbre, se financia con cargo al presupuesto del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo que corresponda al ambito de gobierno; en tanto que lo correspondiente al ambito empresarial, se financia con cargo a los presupuestos de los pliegos PROMPERU y Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Los gastos de los miembros del citado Grupo de Trabajo se financian con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades publicas a las que pertenecen. En ninguno de los casos MORDAZA senalados se demandara recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 12.- Grupos de Trabajo Complementarios Mediante resolucion suprema se pueden conformar

El Peruano Viernes 8 de MORDAZA de 2015

Grupos de Trabajo complementarios y establecerse las funciones que les corresponda desarrollar como consecuencia de la presente MORDAZA, para las actividades logisticas y de organizacion. Articulo 13.- Publicacion El presente decreto supremo se publica en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob. pe), Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www. mincetur.gob.pe), Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU (www.promperu. gob.pe), Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Articulo 14.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Relaciones Exteriores, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Defensa, el Ministro de Salud y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1234672-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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