Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2015 (08/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Viernes 8 de MORDAZA de 2015

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Que, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 62 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, el titular de una Autorizacion Geotermica esta obligado a realizar el pago por concepto de Derecho de Vigencia. El pago correspondiente al ano en que se otorgue la autorizacion, debera abonarse y acreditarse previamente al otorgamiento de la Autorizacion. Para el MORDAZA ano, se abonara y acreditara entre el 1 de enero y 30 de junio del ano siguiente a aquel en que fue otorgada la Autorizacion, aplicandose la misma regla para los anos siguientes; Que, el numeral 17.1 del articulo 17 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, estipula como una de las obligaciones del titular de una Autorizacion Geotermica, presentar el comprobante de pago del Derecho de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 62 del citado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2013-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2013, se modifico el MORDAZA parrafo del articulo 7 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, en los siguientes terminos "(...) El periodo solicitado para la Fase I no podra exceder los dos (02) anos y para la Fase II no podra exceder de un (01) ano. Estos plazos se contaran a partir de la notificacion de la aprobacion del Instrumento de Gestion Ambiental o de la notificacion de la decision de la autoridad ambiental sectorial de no requerir su elaboracion (...)"; Que, mediante Oficio Nº 2310-2013-MEM-AAE, notificado el 20 de agosto de 2013, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos ­ DGAAE de este Ministerio, notifico a Hot MORDAZA Peru S.A. (ahora EDC Energia MORDAZA Peru S.A.), la decision de no requerir la elaboracion del Instrumento de Gestion Ambiental para la I Fase de la Autorizacion Geotermica denominada "Huisco"; Que, mediante documento con registro Nº 2367911 de fecha 12 de febrero de 2014, la empresa Hot MORDAZA Peru S.A. comunico su cambio de denominacion social a EDC Energia MORDAZA Peru S.A., inscrito en el asiento B00005 de la partida Nº 12399075 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; Que, mediante Oficio Nº 1348-2014-MEM/DGE notificado el 19 de agosto de 2014, esta Direccion General, solicito a EDC Energia MORDAZA Peru S.A., acreditar el pago por Derecho de Vigencia correspondiente al MORDAZA ano de estudios de la MORDAZA denominada "Huisco", otorgandole un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles, contados desde la fecha de notificacion del citado oficio, bajo apercibimiento de declarar extinguida su Autorizacion por caducidad, segun lo estipulado en el numeral 24.1.1 de la Ley Nº 26848, Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 24.1.1 del articulo 24 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, se considera como una causal de extincion por caducidad de una autorizacion geotermica, que el autorizado no realice el pago oportuno del Derecho de Vigencia; Que, EDC Energia MORDAZA Peru S.A. no ha cumplido hasta la fecha con acreditar el pago por Derecho de Vigencia correspondiente al MORDAZA ano de estudios de la MORDAZA denominada "Huisco", en consecuencia, de acuerdo a lo estipulado en el citado numeral 24.1.1 del articulo 24 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, dicha empresa ha incurrido en causal de caducidad de su Autorizacion; Que, de conformidad con el articulo 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podran integrarse en un solo documento, bajo la misma motivacion, en cuyo caso los actos administrativos seran considerados como actos diferentes para todos los efectos subsiguientes; Que, de acuerdo con el Informe Nº 002-2015-DGEDCE y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 24.1.1 del articulo 24 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, en concordancia con el articulo 17 de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar la caducidad de la autorizacion para desarrollar las actividades de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada "Huisco", dividida a su vez en Huisco 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10,

por caducidad de una autorizacion geotermica, que el autorizado no realice el pago oportuno del Derecho de Vigencia; Que, EDC Energia MORDAZA Peru S.A. no ha cumplido hasta la fecha con acreditar el pago por Derecho de Vigencia correspondiente al tercer ano de estudios de la MORDAZA denominada "Turu", en consecuencia, de acuerdo a lo estipulado en el citado numeral 24.1.1 del articulo 24 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, dicha empresa ha incurrido en causal de caducidad de su Autorizacion; Que, de conformidad con el articulo 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podran integrarse en un solo documento, bajo la misma motivacion, en cuyo caso los actos administrativos seran considerados como actos diferentes para todos los efectos subsiguientes; Que, de acuerdo con el Informe Nº 001-2015-DGEDCE y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 24.1.1 del articulo 24 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, en concordancia con el articulo 17 de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar la caducidad de la autorizacion para desarrollar las actividades de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada "Turu", dividida a su vez en Turu 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 presentada por la empresa EDC Energia MORDAZA Peru S.A., por las razones y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Sobre la base de lo dispuesto en el articulo 25 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, las solicitudes de autorizacion geotermica que comprendan la MORDAZA denominada "Turu", podran ser presentadas a partir de los treinta y un (31) dias calendario siguientes de publicada la Resolucion Directoral que declare consentida y ejecutoriada la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Electricidad 1233685-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 090-2015-MEM/DGE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Expedientes Nº 12277111 (01), Nº 12277211 (02), Nº 12277311 (03), Nº 12277411 (04), Nº 12277511 (05), Nº 12277611 (06), Nº 12277711 (07), Nº 12277811 (08), Nº 12277911 (09), Nº 12278011 (10), Nº 12278111 (11), Nº 12278211 (12), Nº 12278311 (13), Nº 12278411 (14), Nº 12278511 (15), Nº 12278611 (16), Nº 12278711 (17), Nº 12278811 (18), Nº 12278911 (19), Nº y 12279011 (20), organizados por la empresa EDC Energia MORDAZA Peru S.A. (antes Hot MORDAZA Peru S.A.), persona juridica inscrita en la Partida Electronica Nº 12399075 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre la autorizacion para realizar actividades de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada "Huisco", dividida a su vez en Huisco 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09,10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 010-2013­ EM/DGE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de febrero de 2013, se otorgo a favor de Hot MORDAZA Peru S.A. (ahora EDC Energia MORDAZA Peru S.A.), la autorizacion para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada "Huisco", dividida a su vez en Huisco 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20, ubicadas en los distritos de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Puquio, provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en los expedientes;

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