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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2015 (08/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552190 y Evaluación de Políticas, a través de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, concluye que es necesaria la aprobación de las Metas y los Indicadores de Desempeño del Sector, a fi n de evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Agricultura y Riego para el año 2015; Que, asimismo, mediante el Ofi cio N° 0169-2015- MINAGRI-DVPA-DIPNA/DGPA, de fecha 26 de marzo de 2015, la Directora General de la Dirección General de Políticas Agrarias remite el Informe N° 0051-2015- MINAGRI-DVPA-DIPNA/DGPA de fecha 25 de marzo de 2015, de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, por el cual formula y sustenta su opinión favorable a la aprobación de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Agricultura y Riego para el año 2015; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Agricultura y Riego para el año 2015; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Ley Nº 30048; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Agricultura y Riego para el año 2015 Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Agricultura y Riego para el año 2015, para evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, y modifi catorias. Artículo 2º.- Evaluación Semestral Encargar a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, la elaboración de los informes de evaluación correspondientes, debiendo los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio de Agricultura y Riego, así como los organismos públicos adscritos, obligados a su cumplimiento, remitir la información de la ejecución de metas e indicadores de las Políticas Nacionales y Sectoriales, dentro de los veinte (20) días calendario de culminado el semestre correspondiente. Los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio de Agricultura y Riego, así como los organismos públicos adscritos al Sector, incluirán la información de ejecución en los informes de seguimiento de sus Planes Operativos Institucionales respectivos. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y conjuntamente con el Anexo mencionado en el artículo 1 precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1234667-1 Designan Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 126-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 7 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 073-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 16 de marzo de 2015, se designó entre otros, a Juan Abel Briones Astete en el cargo de Director de la Ofi cina Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, la renuncia formulada por el señor Juan Abel Briones Astete en el cargo de Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a la Economista Elsa Amalia Del Águila Portocarrero, como Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1234477-1 Disponen la prepublicación del “Proyecto de Lineamientos para la elaboración de Estudios sobre Caudales Ecológicos” en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 117-2015-ANA Lima, 4 de mayo de 2015 VISTO: El Informe Técnico N° 038-2014-ANA-DCPRH-ERH- CLI/FCC de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO Que, el literal 3) del artículo 15º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 153° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, defi ne al caudal ecológico como el volumen de agua que se debe mantener en las fuentes naturales de agua para la protección o conservación de los ecosistemas involucrados, la estética del paisaje u otros aspectos de interés científi co o cultural; Que, según el artículo 155° del citado Reglamento, las metodologías para la determinación del caudal ecológico serán establecidas por la Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, con la participación de las autoridades sectoriales competentes, en función a las particularidades de cada curso o cuerpo de agua y los objetivos específi cos a ser alcanzados; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante el documento del visto, propone la aprobación del “Proyecto de Lineamientos