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El Peruano Sábado 9 de mayo de 2015 552338 Nº CARGO Especialidad Género GRADO CCFA ROTA TIVO IIAA EP MGP FAP TOTAL 30 Jefe SAN M CAPITAN 1 1 Odontologo ODO M 1 1 31 Enf. adj. al Jefe de Sanidad/Encarg. Equipo Farmacéutico ENF F TCOS. SSOO Y OM 1 1 SUB TOTAL 40 Secciones de Fusileros 35 Jefe ARMA M TENIENTE 1 1 1 3 36 Jefe de Grupo Fusileros CE M TEN/ALF 1 1 1 3 37 Operador de Radio OC /TEL/COM M TCOS. SSOO Y OM 3 3 3 9 38 Enfermero ENF M TCOS. SSOO Y OM 3 3 3 9 Choferes/Mecanico Vehículo TCOS. SSOO Y OM 3 2 2 7 Encargado Manto. Armto. Munición TCOS. SSOO Y OM 1 1 39 Fusilero M TCOS. SSOO Y OM 29 29 30 88 SUB TOTAL 51 53 47 120 TOTAL 160 1235183-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Qatar sobre Cooperación en el Campo de la Cultura” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Qatar sobre Cooperación en el Campo de la Cultura”, suscrito el 20 de febrero de 2014 en la ciudad de Doha, Estado de Qatar, y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 013-2015-RE, de fecha 9 de marzo de 2015. Entró en vigor el 10 de marzo de 2015. 1235190-1 Entrada en vigencia del “Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú” Entrada en vigencia del “Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú” para la participación de las Fuerzas Armadas de ambos países en la actividad operacional combinada en el contexto de las atribuciones del contingente uruguayo bajo el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), suscrito el 24 de febrero de 2015, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-RE, de fecha 13 de abril de 2015. Entró en vigor el 15 de abril de 2015. 1235185-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN