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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2015 (09/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Sábado 9 de mayo de 2015 552328 (colas) para la realización de trámites administrativos, disminuir el número de rechazo de expedientes administrativos por temas de forma, implementación de medios de tecnologías de la información para facilitar los procesos internos, entre otros que coadyuven a brindar el servicio que requieren los ciudadanos y ciudadanas de Ica. Asimismo, es importante destacar la redefi nición de las Gerencias Subregionales como Centros de Servicios Subregionales, quienes ostentarán la representación del Gobierno Regional en los ámbitos y espacios territoriales donde se ubiquen. • Fortalecimiento de la visión corporativa del Gobierno Regional de Ica: Se ha reforzado la visión de una sola autoridad sobre el territorio de la región, mediante la defi nición de manera clara, exclusiva y excluyente de las competencias, funciones y atribuciones de cada una de los órganos y unidades orgánicas propuestas, así como la precisión de las líneas de autoridad y responsabilidad de los mismos. • Reforzamiento de la Promoción de la Inversión Privada y la Competitividad Regional: La constitución de un Consejo Regional de la Competitividad, adscrito a la Gerencia General Regional, busca que las acciones realizadas por este Consejo sean directamente encaminadas hacia la obtención de resultados a favor de la Región, destacando entre sus funciones el desarrollo de un Plan Regional de Competitividad. Asimismo, se han potenciado las capacidades institucionales en materia de promoción de la inversión privada, mediante la constitución de un órgano de segundo nivel organizacional responsable de los procesos de inversión privada, tal como lo constituye la nueva Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada y Cooperación Técnica. • Eliminación de duplicidades de funciones y/o responsabilidades: La estructura del Gobierno Regional de Ica se modifi ca en base a la fusión, escisión y/o eliminación de unidades de organización respecto de las cuales se verifi có que mantenían funciones afi nes y/o cuyas responsabilidades eran posibles de ser cumplidas de manera agregada al órgano al cual ahora se les traslada. Como resultado de ello, la nueva estructura orgánica propuesta para el Gobierno Regional de Ica pasa de tener un total de 20 órganos, 33 unidades orgánicas y 8 instancias de gestión a comprender 20 órganos, 29 unidades orgánicas y 7 instancias de gestión. • Ética, Transparencia y Cumplimiento de normas nacionales: Las áreas y/o dependencias y/o instancias de órganos desconcentrados, de Centros de Servicios Subregionales o de Direcciones Regionales, darán estricto cumplimiento de manera obligatoria a las normas expedidas por los entes rectores de los sistemas administrativos y funcionales en lo que les compete, en respeto al principio de legalidad y del sistema jurídico nacional. Se emplea un enfoque orientado a la implantación de conductas que incentiven la ética en el trabajo, sanción de conductas corruptas y transparencia en el acceso a la información a los ciudadanos. Sobre este último punto, cabe precisar que la Ofi cina de Control Institucional tendrá a su cargo la remisión oportuna de reportes a la Contraloría General de la República. A la fecha ya se efectuó la designación de una representante de la Alta Dirección responsable de la entrega de información, encontrándose aún en proceso de aprobación la Directiva de Lineamientos para la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública del Gobierno Regional de Ica. 4. CONCLUSIONES 4.1. Los procesos de descentralización y modernización de la gestión pública han generado la necesidad de dotar al Gobierno Regional de Ica de una organización que pueda soportar el nuevo marco de planeamiento y su adecuación a los procesos precitados, teniendo como fi nalidad el servicio al ciudadano. 4.2. Ello evidencia la necesidad de modifi car el ROF del Gobierno Regional de Ica a fi n de que pueda soportar el nuevo marco de planeamiento y esté acorde a los lineamientos de los procesos de descentralización y modernización del Estado así como la rectoría de los sistemas administrativos respectivos. 4.3. Dicho esto, las principales modifi caciones que se proponen abarcan la institucionalización de la atención al ciudadano a nivel regional; fortalecimiento de la visión corporativa; reforzamiento de la Promoción de la Inversión Privada y la Competitividad Regional; eliminación de duplicidades de funciones y/o responsabilidades; y, la promoción de la ética, transparencia y cumplimiento de normas nacionales, todo ello en busca del fortalecimiento de las capacidades institucionales, mediante la reestructuración de funciones y unidades de organización del Gobierno Regional de Ica. 4.4. Las modifi caciones parciales propuestas constituyen los requisitos mínimos para que el Gobierno Regional de Ica opere de manera articulada con los sistemas administrativos y funcionales nacionales, así como promueva de manera efectiva el desarrollo regional, considerando las necesidades de la población. De tal forma, la aprobación de la presente Ordenanza se hace indispensable para garantizar la sostenibilidad de las acciones emprendidas en todas las instancias del Gobierno Regional de Ica, orientándolas al servicio del ciudadano. 4.5. En este contexto, el directorio de gerentes regionales ha acordado aprobar el anteproyecto de modifi cación parcial del ROF del Gobierno Regional de Ica y la presente Exposición de Motivos, así como recomendar al Gobernador Regional, en aras de la transparencia que guía el accionar de la actual gestión, prepublicar el texto íntegro de la citada modifi catoria en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe) a efectos que los ciudadanos, organizaciones y demás instituciones interesadas en aportar con el desarrollo de la región, puedan efectuar sus consultas dentro del plazo de siete días calendario contados desde el día siguiente a la publicación del Decreto Regional. 1231379-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor de Pueblo Libre CIAM ORDENANZA Nº 438 -MPL Pueblo Libre, 27 de abril de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 8 de la fecha, el Dictamen N° 010-2015-MPL/CPL-CDSCPV, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Cultural y Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores, publicada el 21 de julio de 2006, establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) promueve, a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores, la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 013- 2006-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 28803 - Ley de las Personas Adultas Mayores, señala respecto de los