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El Peruano Sábado 9 de mayo de 2015 552326 Circular referida a indicadores clave de riesgo para la gestión de la continuidad del negocio CIRCULAR N° G-182- 2015 Lima, 6 de mayo de 2015 ----------------------------------------------- Ref.: Indicadores clave de riesgo para la gestión de la continuidad del negocio ---------------------------------------------- Señor Gerente General Sírvase tomar nota que, en uso de la atribución conferida por el numeral 7 del artículo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus normas modifi catorias, en adelante Ley General, y por el inciso d) del artículo 57° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones aprobado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF, esta Superintendencia ha considerado conveniente ampliar el plazo señalado en el numeral 4 de la Circular N° G-180-2015 para el primer envío de los reportes sobre indicadores clave de riesgo para la gestión de la continuidad del negocio; y tomando en consideración las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la Superintendencia dispone la publicación de la presente Circular: 1. Alcance La Circular modifi ca la última parte del numeral 4 de la Circular Nº G-180-2015 sobre Indicadores Clave para la gestión de la continuidad del negocio, de acuerdo con lo siguiente: “(…) No obstante, el primer envío de los reportes establecidos en la presente norma corresponderá al cuarto trimestre del año 2015 (en el caso de los reportes RO-1 y RO-2) y al segundo semestre del 2015 (en el caso de los reportes RO-3 y RO-4).” 2. Vigencia La presente circular entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Atentamente, DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1234472-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de magistrado a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 056-2015-P/TC Lima, 6 de mayo de 2015. VISTA: La Carta de invitación de fecha 18 de marzo de 2015, dirigida a la Presidencia del Tribunal Constitucional; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Carta de vista, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social –OISS y la Procuraduría General de la Nación de Colombia, comunica que los días 11 y 12 de mayo de 2015, se realizará el “Seminario Iberoamericano sobre Constitucionalismo de la Seguridad Social”, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; Que asimismo, consta en la referida comunicación que por la importancia del tema a tratar, los organizadores solicitan la participación del Presidente o de una/un Magistrada/o del Tribunal Constitucional para que participe como ponente en el evento académico; Que el Secretario General ha informado que el Pleno ha tomado conocimiento de la invitación y acordado la participación del magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez en su sesión de fecha 7 de abril de 2015, estimando que su asistencia y concurso será importante y valiosa para intercambiar experiencia en el área académica y jurisdiccional, la misma que, sin duda, redundará en benefi cio de éste Tribunal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N.º 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, su modifi catoria el Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final de la Ley N.º 28411 y la Directiva N.º 001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección General N.º 24/2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, del 10 al 12 de mayo de 2015, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, para los fines que se exponen en la presente. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: COMISIONADO FECHA DE VIAJE PASAJE AÉREO VIÁTICOS POR DOS DÍAS GASTOS DE INSTALACIÓN CARLOS AUGUSTO RAMOS NUÑEZ DEL 10 al 12 DE MAYO DE 2015 S/. 3,306.22 US$ 740.00 US$ 370.00 Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionada. Artículo Quinto.- Comunicar la presente Resolución al señor magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, a la Secretaría General, la Dirección General de Administración y a las Ofi cinas de Administración de Personal, Contabilidad y Tesorería, Presupuesto y Estadística y Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. ÓSCAR URVIOLA HANI Presidente Tribunal Constitucional 1234709-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Designan responsables de entregar información de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 0178-2015-GORE-ICA/GR Ica, 30 de abril de 2015