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El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552404 de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fi nes del sector”; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, bajo dicho marco normativo, a través de la Resolución Ministerial N° 003-2015-MC de fecha 08 de enero del 2015, se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el año fi scal 2015, la facultad de suscribir convenios de encargo de gestión, de cooperación y/o colaboración interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas; a excepción de aquellos que se suscriban con los Poderes del Estado, Ministerios, Organismos Autónomos contemplados en la Constitución Política del Perú y con instituciones u organismos internacionales, los cuales radican únicamente en la Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, mediante Ofi cio N° 0929-2014-2015-ADP/PRES- CR-4603 de fecha 29 de enero de 2015, la Presidenta del Congreso de la República comunica que con motivo de conmemorarse el bicentenario del fallecimiento de Mariano Lorenzo Melgar Valdivieso, el Congreso de la República, a través de la Comisión Especial Multipartidaria formada para su homenaje viene coordinando una serie de actividades de naturaleza protocolar, académica, artística y cultural para el presente año, encontrándose dentro de las actividades culturales la realización de un “Festival Internacional de Yaraví”, con el propósito de poner en valor la poesía y música de Mariano Melgar, así como también dar a conocer la historia de su vida y lo que signifi có para la independencia de nuestro país, solicitando el uso de las instalaciones del Gran Teatro Nacional del 3 al 4 de agosto de 2015; Que, en virtud de la naturaleza de las actividades programadas por el Congreso de la República, se consideró la posibilidad de suscribir un Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para colaborar en la organización del citado evento y a la fecha se viene coordinando con dicha entidad las acciones correspondientes para su suscripción; Que, por tal motivo, corresponde delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir exclusivamente el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Congreso de la República, que tiene por objeto establecer los lineamientos de estrecha cooperación entre las partes, a fi n de organizar conjuntamente el evento a cargo de la Comisión Especial Multipartidaria de Homenaje a Mariano Lorenzo Melgar Valdivieso denominado “Festival Internacional de Yaraví” a realizarse los días 3 y 4 de agosto de 2015, en el Gran Teatro Nacional, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento; Con el visado del Secretario General y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional con el Congreso de la República, para establecer los lineamientos de estrecha cooperación entre las partes, a fi n de organizar conjuntamente el evento a cargo de la Comisión Especial Multipartidaria de Homenaje a Mariano Lorenzo Melgar Valdivieso denominado “Festival Internacional de Yaraví” a realizarse los días 3 y 4 de agosto de 2015, en el Gran Teatro Nacional, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento. Artículo 2°.- La delegación de facultades efectuada al Secretario General del Ministerio de Cultura, a través de la Resolución Ministerial N° 003-2015-MC, mantendrá plena vigencia en lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución al Secretario General del Ministerio de Cultura y al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1236331-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2015 DE/SG Lima, 12 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 346 y 354 del 8 de mayo y 11 de mayo de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-2005, del 6 de mayo de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República del 13 al 15 de mayo de 2015, con la fi nalidad que participen en la Reunión Bilateral entre Capitanes de Puertos Fronterizos, a llevarse a cabo en la ciudad de Zorritos, Tumbes; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará la opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría de la Comandancia General de la Marina; y de conformidad con la Ley Nº 27856, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de la República del Ecuador, del 13 al 15 de mayo de 2015, con la fi nalidad que participen en la Reunión Bilateral entre Capitanes de Puertos Fronterizos, a llevarse a cabo en la ciudad de Zorritos, Tumbes. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209. 1236327-1