Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la poblacion a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fines del sector"; Que, el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, bajo dicho MORDAZA normativo, a traves de la Resolucion Ministerial N° 003-2015-MC de fecha 08 de enero del 2015, se delego en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el ano fiscal 2015, la facultad de suscribir convenios de encargo de gestion, de cooperacion y/o colaboracion interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, asi como sus respectivas adendas; a excepcion de aquellos que se suscriban con los Poderes del Estado, Ministerios, Organismos Autonomos contemplados en la Constitucion Politica del Peru y con instituciones u organismos internacionales, los cuales radican unicamente en la Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, mediante Oficio N° 0929-2014-2015-ADP/PRESCR-4603 de fecha 29 de enero de 2015, la Presidenta del Congreso de la Republica comunica que con motivo de conmemorarse el bicentenario del fallecimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, el Congreso de la Republica, a traves de la Comision Especial Multipartidaria formada para su homenaje viene coordinando una serie de actividades de naturaleza protocolar, academica, artistica y cultural para el presente ano, encontrandose dentro de las actividades culturales la realizacion de un "Festival Internacional de Yaravi", con el proposito de poner en valor la poesia y musica de MORDAZA MORDAZA, asi como tambien dar a conocer la historia de su MORDAZA y lo que significo para la independencia de nuestro MORDAZA, solicitando el uso de las instalaciones del Gran Teatro Nacional del 3 al 4 de agosto de 2015; Que, en virtud de la naturaleza de las actividades programadas por el Congreso de la Republica, se considero la posibilidad de suscribir un Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional para colaborar en la organizacion del citado evento y a la fecha se viene coordinando con dicha entidad las acciones correspondientes para su suscripcion; Que, por tal motivo, corresponde delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir exclusivamente el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Congreso de la Republica, que tiene por objeto establecer los lineamientos de estrecha cooperacion entre las partes, a fin de organizar conjuntamente el evento a cargo de la Comision Especial Multipartidaria de Homenaje a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso denominado "Festival Internacional de Yaravi" a realizarse los dias 3 y 4 de agosto de 2015, en el Gran Teatro Nacional, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento; Con el visado del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 0052013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional con el Congreso de la Republica, para establecer los lineamientos de estrecha cooperacion entre las partes, a fin de organizar conjuntamente el evento a cargo de la Comision Especial Multipartidaria de Homenaje a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso denominado "Festival Internacional de Yaravi" a realizarse los dias 3 y 4 de agosto de 2015, en el Gran Teatro Nacional, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fallecimiento. Articulo 2°.- La delegacion de facultades efectuada al Secretario General del Ministerio de Cultura, a traves de la Resolucion Ministerial N° 003-2015-MC, mantendra plena vigencia en lo que no se oponga a lo dispuesto en el articulo 1 de la presente Resolucion.

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Secretario General del Ministerio de Cultura y al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1236331-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 401-2015 DE/SG MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 346 y 354 del 8 de MORDAZA y 11 de MORDAZA de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-2005, del 6 de MORDAZA de 2015, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica del 13 al 15 de MORDAZA de 2015, con la finalidad que participen en la Reunion Bilateral entre Capitanes de Puertos Fronterizos, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Zorritos, Tumbes; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara la opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaria de la Comandancia General de la Marina; y de conformidad con la Ley Nº 27856, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a dos (02) militares de la Republica del Ecuador, del 13 al 15 de MORDAZA de 2015, con la finalidad que participen en la Reunion Bilateral entre Capitanes de Puertos Fronterizos, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Zorritos, Tumbes. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209.

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