Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

552407

DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Prestamo Contingente 1.1 Apruebese el prestamo contingente, denominado "Programa de Gestion de Resultados para la Inclusion Social II", bajo la modalidad de Prestamo de Apoyo a Reformas de Politica bajo Opcion de Retiro Diferido, a ser acordado entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar los gastos de emergencia ante la ocurrencia de un desastre natural o crisis de MORDAZA economica o financiera. 1.2 El prestamo contingente podra ser utilizado en un plazo de 03 (tres) anos, renovables por 03 (tres) anos adicionales, hasta un plazo total de 06 (seis) anos, y se amortizara en cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota de amortizacion a los 06 (seis) anos y 06 (seis) meses, contados a partir de la suscripcion del contrato de prestamo, y la MORDAZA a los 10 (diez) anos de la misma. Devengara una tasa de interes basada en la LIBOR a 03 (tres) meses, mas un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su politica sobre tasas de interes. 1.3 Se pagara una comision inicial del 0,50% del monto del prestamo contingente; una comision de renovacion del 0,50% del saldo no desembolsado del prestamo si se renueva al cabo de 03 (tres) anos; y, una comision de inmovilizacion de fondos del 0,25% anual sobre el saldo por desembolsar del prestamo contingente. Articulo 2.- Facilidad de Conversion de Moneda y Facilidad de Conversion de Tasa de Interes 2.1 Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para que en el MORDAZA de los desembolsos efectuados con cargo al prestamo contingente que se aprueba en el articulo 1 de este decreto supremo, pueda ejercer los instrumentos financieros denominados "Facilidad de Conversion de Moneda" y "Facilidad de Conversion de Tasa de Interes", mencionados en la parte considerativa de este decreto supremo. 2.2 Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion, asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de Gestion de Resultados para la Inclusion Social II" bajo la modalidad de Prestamo de Apoyo a Reformas de Politica bajo Opcion de Retiro Diferido, sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. Articulo 4.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato correspondiente al prestamo contingente que se aprueba en el articulo 1 de este decreto supremo, asi como al Director General de la Direccion General del Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementarlo. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1236463-1

Designan miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial al que se refiere la Ley N° 27692, en representacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 168-2015-EF/10 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27692, Ley de creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional- APCI, establece que la mencionada Agencia es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional y tiene la responsabilidad de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el articulo 11 de la citada Ley senala que la APCI cuenta con un Comite de Coordinacion Multisectorial de cooperacion que actua como la instancia de enlace y coordinacion para fortalecer los espacios de concertacion y dialogo de la politica y gestion de la cooperacion internacional: Que, de otro lado, el articulo 52 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado con Decreto Supremo N° 028-2007-RE, establece que el Comite esta conformado, entre otros, por los directores o jefes de las oficinas responsables de cooperacion de los Ministerios o quienes MORDAZA sus veces, quienes son designados por resolucion del titular de la entidad; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 623-2011EF/10 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial al que se refiere la Ley N° 27692, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, al respecto, con Resolucion Ministerial N° 1482015-EF/10 se acepta la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se designa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo como Director General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, organo que tiene competencias en materia de cooperacion tecnica internacional, de acuerdo al articulo 45 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014EF, entre otras funciones; Que, en ese sentido, se estima pertinente designar al MORDAZA miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial al que se refiere la Ley N° 27692, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27692, Ley de creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, aprobado con Decreto Supremo N° 0282007-RE; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo, Director General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, como miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial al que se refiere la Ley N° 27692, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1235985-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.