Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del ano 2015, de acuerdo a lo dispuesto en la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 009-2015-PRODUCE, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00' Latitud Sur, para el periodo comprendido entre el 09 de MORDAZA y el 30 de junio de 2015, estableciendose el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible (LMTCP) en 2.58 millones de toneladas; Que, el IMARPE mediante el Oficio de Vistos remite el "Reporte Nº 023-2015 "Incidencia de Juveniles de Anchoveta en la Region Norte - Centro MORDAZA Peruano", correspondiente al periodo comprendido entre el 8 al 10 de MORDAZA de 2015, en el cual informa, entre otros, que la incidencia de ejemplares juveniles del recurso anchoveta alcanzo el 17.1% en el area comprendida entre los 11°30' y 11°59' LS, dentro de las 30 millas marinas de distancia a la costa y el 33.1% en el area comprendida entre los 14°00' y 14°59' LS dentro de las 20 millas marinas de distancia a la costa; recomendando aplicar medidas precautorias de proteccion a los ejemplares juveniles de anchoveta en dichas areas, por un periodo de hasta cinco (5) dias; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero mediante el Informe de Vistos, en aplicacion del enfoque precautorio, recomienda suspender la actividad extractiva del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) por un periodo de cinco (5) dias calendario, en las areas comprendidas entre los 11°30' y 11°59' LS, dentro de las 30 millas de distancia a la costa y entre las 14°00' y 14°59' LS dentro de las 20 millas de distancia a la costa, para salvaguardar la sostenibilidad del stock del citado recurso; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de los Directores Generales de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, asi como de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, asi como la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, por un periodo de cinco (5) dias calendario en las areas comprendidas entre los 11°30' y 11°59' LS, dentro de las 30 millas de distancia a la costa y entre las 14°00' y 14°59' LS dentro de las 20 millas de distancia a la costa. Articulo 2.- La suspension establecida en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial sera de aplicacion a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras artesanales, de menor y mayor escala dentro de las citadas areas. Articulo 3.- El Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biologicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Produccion las medidas de ordenamiento pesquero. Articulo 4.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial sera sancionado conforme al Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE. Articulo 5.- La Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo y la Direccion

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, velaran por el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial y realizaran las acciones de difusion que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1236459-1

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 087-2015-RE MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 024-2013RE, de 8 de enero de 2013, se nombro al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iturregui como Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana; Que, mediante la Resolucion Viceministerial Nº 02822012-RE, de 28 de diciembre de 2012, se fijo en el 01 de marzo de 2013 la fecha en que el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iturregui asumio funciones de su categoria en el Consulado General del Peru en Turin, Republica Italiana, iniciando en dicha fecha, sus labores como Consul General en la referida ciudad; Que, por razones del Servicio, es necesario dar por terminadas las funciones del citado funcionario diplomatico, como Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y sus modificatorias; asi como la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iturregui como Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana. Articulo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes a partir de la fecha de termino de funciones que sera fijada por Resolucion Viceministerial. Articulo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerial de Relaciones Exteriores. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1236463-6

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