Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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VISTO, el Informe Tecnico N° 000140-2014-IN/DGPP/ DMDI del 18 de diciembre de 2014, emitido por la Direccion de Modernizacion y Desarrollo Institucional de la Direccion General de Planificacion y Presupuesto, mediante el cual se propone la aprobacion de la Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior 2015-2016; y, CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior 2015-2016", constituyen lineamientos tecnicos para los Organismos Publicos adscritos al Ministerio del Interior. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", asi como de la Resolucion Ministerial y su Anexo en el MORDAZA Institucional del Ministerio del Interior, el mismo dia de la publicacion en el referido Diario Oficial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; y asi obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013PCM se aprobo la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, constituyendose en el principal instrumento orientador de la modernizacion de la gestion publica en el MORDAZA, el mismo que establece la vision, los principios y lineamientos para una actuacion coherente y eficaz del sector publico al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del pais; Que, a su vez, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 048-2013-PCM se aprueba el Plan Nacional de Simplificacion Administrativa 2013-2016, que tiene como objetivo general mejorar la calidad, la eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadania tramita ante la administracion publica; Que, de otro lado, el Manual para Mejorar la Atencion a la Ciudadania en las entidades de la Administracion Publica, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 156-2013-PCM, establece que el concepto de mejora de la atencion a la ciudadania busca garantizar el derecho del ciudadano, para lo cual es necesario (i) contar con una administracion publica moderna y transparente, (ii) acceder facilmente a la informacion que administran las entidades, (iii) recibir una atencion adecuada, y (iv) obtener un trato apropiado por parte del personal de las entidades publicas; Que, en ese contexto, se ha formulado la "Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior 2015-2016", cuyas disposiciones guardan concordancia con lo establecido en el Plan de Modernizacion de la Gestion Institucional del Ministerio del Interior 2014-2016, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0758-2014-IN/DGPP, asi como con el Plan de Accion para la Simplificacion Administrativa en el Ministerio del Interior 2014-2016, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0936-2014-IN/DGPP; Que, en atencion a lo expuesto, resulta necesaria la aprobacion de la "Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior", como herramienta que permita optimizar la calidad del servicio que se viene prestando a la ciudadania; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Supremo N° 0102013-IN, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior 2015-2016", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los organos del Ministerio del Interior y la Policia Nacional del Peru, incorporaran en sus planes operativos las acciones establecidas en la "Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion prestada a la Ciudadania en el Ministerio del Interior", con cargo a su presupuesto aprobado. Articulo 3.- Las disposiciones contenidas en la "Estrategia para la Mejora de la Calidad de la Atencion

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto Supremo que modifica e incorpora articulos al Reglamento para la implementacion de la Vigilancia Electronica Personal establecida mediante la Ley Nº 29499
DECRETO SUPREMO Nº 002-2015-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29499, se establece la vigilancia electronica personal como un mecanismo de control que tiene por finalidad monitorear el MORDAZA, tanto de procesados como de condenados, dentro de un radio de accion y desplazamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2010-JUS, se aprobo el Reglamento para la implementacion de la vigilancia electronica personal establecida mediante la Ley Nº 29499; Que, resulta conveniente formular precisiones y acotaciones en el Reglamento anteriormente referido; De conformidad con el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29499, Ley que establece la vigilancia electronica personal e incorpora el articulo 29º-A y modifica el articulo 52º del Codigo Penal, Decreto Legislativo Nº 635, modifica los articulos 135º y 143º del Codigo Procesal Penal, Decreto Legislativo Nº 638 y los articulos 50º, 52º, 55º y 56º del Codigo de Ejecucion Penal, Decreto Legislativo Nº 654; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 1º, 2º, 5º, 6º, 11º, 13º, 14, 15º, 17º, 21º, 22º, 26º, 27º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 35º, 38º, 40º, 41º, 43º, 44º y 45º del Reglamento para la implementacion de la Vigilancia Electronica Personal establecida mediante la Ley Nº 29499, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2010-JUS. Modifiquense los articulos 1º, 2º, 5º, 6º, 11º, 13º, 14, 15º, 17º, 21º, 22º, 26º, 27º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 35º, 38º, 40º, 41º, 43º, 44º y 45º del Reglamento para la implementacion de la Vigilancia Electronica Personal establecida mediante la Ley Nº 29499, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2010-JUS, quedando redactados conforme al siguiente texto: "Articulo 1º.- Objeto La vigilancia electronica personal es un mecanismo de control que tiene por finalidad monitorear el MORDAZA, tanto

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