Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, la cual sera destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes demayo de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica. Articulo 2.- La Oficina General de Administracion debera efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Publica deberan efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado de la Direccion General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberan ser revertidos al Tesoro Publico. Articulo 4.- La Direccion General de la Familia y la Comunidad, a traves de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, y la Oficina General de Administracion, en el MORDAZA de sus competencias, seran los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Articulo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion se publique en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1236330-1 DICE:

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

"(...) que aprueba la Directiva N°01-2015-SERVIR/ GPGSC" DEBE DECIR: "(...) que aprueba la Directiva N°02-2015-SERVIR/ GPGSC" En el MORDAZA considerando: DICE: "(...) la Secretaria General ha propuesto que se designe a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (...)" DEBE DECIR: "(...) la Secretaria General ha propuesto que se designe a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ventosilla, (...)" En el articulo 1°: DICE: "DESIGNAR a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional en gestion de Cooperacion Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del CONADIS, como Secretaria Tecnica de las autoridades del MORDAZA Administrativo Disciplinario (PAD) del CONADIS". DEBE DECIR: "DESIGNAR a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA VENTOSILLA, profesional en Gestion de Cooperacion Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del CONADIS, como Secretaria Tecnica de las autoridades del MORDAZA Administrativo Disciplinario (PAD) del CONADIS". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BOLANOS GALDOS Presidente (e) 1235795-1

Rectifican la CONADIS/PRE

Res.



051-2015-

RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 54-2015-CONADIS/PRE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2015. VISTOS: La Resolucion de Presidencia N° 051-2015-CONADIS/ PRE de fecha 24 de MORDAZA de 2015, publicada el 25 de MORDAZA de 2015 en el Diario Oficial El Peruano, el Memorando N° 070-2015-CONADIS/SG y el Informe N° 099-2015CONADIS/OAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Vistos se designo a la Secretaria Tecnica de las autoridades del MORDAZA Administrativo (PAD) del CONADIS, habiendose incurrido en error material en el MORDAZA considerando de la misma, al haberse consignado la Directiva N°01-2015-SERVIR/ GPGSC en lugar de la Directiva N°02-2015-SERVIR/ GPGSC; Que, asimismo, en el MORDAZA considerando y en articulo 1° de la Resolucion de Presidencia N° 051-2015CONADIS/PRE se consigno erroneamente el nombre de la abogada designada como Secretaria Tecnica de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, en tal sentido, procede la rectificacion del error material, de conformidad con lo establecido en el articulo 201°, numeral 201.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; con la visacion de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion N° 0512015-CONADIS/PRE, de la siguiente manera: En la parte final del MORDAZA parrafo considerativo:

PRODUCE
Declaran de importancia estrategica y de interes nacional la promocion de la actividad pesquera para el consumo humano directo
DECRETO SUPREMO Nº 015-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los articulos 66 a 68 de la Constitucion Politica del Peru establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y conservacion de la diversidad biologica; Que, el articulo 6 de la Ley Organica para el aprovechamiento de los recursos naturales, Ley N° 26821, senala que la soberania del Estado para el aprovechamiento de los recursos naturales se traduce en la competencia que tiene el Estado para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos; Que, el articulo 2 la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, preve que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son Patrimonio de la Nacion y que corresponde al Estado regular su manejo integral y explotacion racional,

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