Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

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En cualquiera de los supuestos descritos anteriormente bastara una comunicacion escrita al solicitante por parte de Secretaria General respecto a la perdida del beneficio con el informe de la Gerencia de Administracion y Finanzas e informe tecnico de la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial, dando por concluido el procedimiento. Una vez notificada al contribuyente, Secretaria General debera dar cuenta de la misma a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria a fin de continuar con las acciones de cobranza en el estado en que se encuentra y por las subgerencias competentes. Articulo Septimo.- RESTRICCIONES Las prestaciones de los servicios estaran sujetas a los requerimientos y necesidades de las Subgerencias por lo cual la sola MORDAZA de la solicitud y requisitos no tendra caracter vinculante para la Municipalidad Distrital de Lince. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

· Descripcion detallada de los bienes a ser entregados y/o servicios a prestar. · Documentos que prueben la titularidad de los bienes y/o ejecucion de los servicios (contrato de compra-venta, facturas, boletas, comprobantes de pago, cotizacion actualizada de un bien de iguales caracteristicas al ofrecido, etc). · Antiguedad de los bienes · Numero de los bienes · Garantia tecnica minima de un ano de los bienes ofrecidos, de ser el caso. · Valor del MORDAZA estimado de los bienes o servicios a prestar, por unidad y por lote, segun el caso. · Catalogos, muestrarios e instrucciones relativos al bien y/o servicios, respecto de los bienes, su uso, de ser el caso. · Compromiso de declaracion jurada que el(los) bien(es) se encuentra(n) en optimas condiciones y/o que se cumplira con los servicios ofrecidos. e) Estado de Cuenta Corriente a la fecha de MORDAZA de la solicitud y/o Liquidacion de Tributos, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. 4.1.2. CANJE POR SERVICIOS MENORES Y/O VINCULADOS A LOS DIVERSOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD CIUDADANA, SERVICIOS A LA MORDAZA, SERVICIOS SOCIALES, CAMPANAS CIVICAS, Y OTROS.a) Solicitud dirigida al Sr. MORDAZA ofreciendo sus servicios adjuntando su Hoja de Vida. b) MORDAZA del D.N.I c) Estado de Cuenta Corriente y/o Liquidacion del Tributo a la fecha de MORDAZA de la solicitud, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. d) Documentacion que sustente su condicion socio economica o de salud. e) Declaracion Jurada de no contar con Antecedentes Penales, Judiciales y/o Policiales. Articulo Quinto.- COSTAS Y GASTOS En caso de que las deudas se encontraran en cobranza coactiva debera acreditarse haber cancelado las costas y los gastos administrativos que se hubieren generado, siendo requisito de ineludible cumplimiento para el inicio del procedimiento. Articulo Sexto.- PERDIDA DEL BENEFICIO El contribuyente perdera la aprobacion del beneficio, en los siguientes supuestos: 6.1 No entregar los bienes dentro de los plazos establecidos. 6.2 No haber cumplido con el pago dentro del plazo establecido, las costas y gastos del procedimiento coactivo para deudas que se encuentren en cobranza coactiva. 6.3 Por perdida o deterioro del bien por causa imputable al deudor; en estos casos seran de aplicacion las normas de teoria del riesgo previstas en el Codigo Civil. 6.4 Desaparicion, destruccion o inutilizacion del bien MORDAZA de su entrega. 6.5 Entrega parcial o defectuosa de los bienes o de verificarse que no cumplen con las caracteristicas senaladas en la valorizacion. 6.6 En el caso de bienes registrables, si se detectara la celebracion de cualquier acto, contrato, medida cautelar, procedimiento judicial que impida la inscripcion de la transferencia libre de carga y gravamen a favor del municipio. 6.7 La interposicion de recursos, demanda contencioso-administrativa, accion de MORDAZA o cualquier otra accion de naturaleza similar ante los organos judiciales o administrativos respecto de la deuda materia de acogimiento. 6.8 No asistir en los dias y horarios programados por la Administracion en el caso servicios menores y/ o vinculados a los diversos programas de seguridad ciudadana, servicios a la MORDAZA, servicios sociales, campanas civicas, y otros. 6.9 Otras que en funcion a su gravedad y a criterio de la Comision Tecnica MORDAZA consideradas causa suficiente de perdida.

Primera.- FACULTAR al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el Reglamento de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia deAdministracion y Finanzas y sus subgerencias, Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y sus Subgerencias y Gerencia de Desarrollo Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnologia, su publicacion en el MORDAZA Institucional (www. munilince.gob.pe) y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen su difusion correspondiente. Cuarta.- Las solicitudes que se encuentren en tramite se adecuaran a las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza y su Reglamento. Quinta.- DEROGAR las Ordenanzas Nº 268-MDL, Nº 294-MDL, Nº 297-MDL y Nº 327-MDL. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RONCAL MORDAZA Encargada del Despacho de Alcaldia 1236698-1

Autorizan viaje del MORDAZA a EE.UU., en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2015-MDL Lince, 8 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesion Ordinaria Nº 010-2015 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 11) del articulo 9° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicio o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante documento de fecha 30 de marzo de 2015, el Instituto de Administracion Publica y Servicios

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