Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

552540
y cuando la misma mantenga el alcance del monto fijado por la Entidad en la presente Ordenanza. 2.1.2 MEDIANTE PRESTACION DE SERVICIOS MENORES Y/O VINCULADOS A LOS DIVERSOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD CIUDADANA, SERVICIOS A LA MORDAZA, SERVICIOS SOCIALES, CAMPANAS CIVICAS, Y OTROS.Este beneficio alcanza a los contribuyentes personas naturales que mantengan deudas tributarias por concepto de Arbitrios Municipales cuyos predios tengan como uso el de MORDAZA habitacion con la condicion de que se acredite la imposibilidad economica, social y/o de salud del contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Entidad. Los contribuyentes: personas naturales que mantengan deudas por concepto de Arbitrios Municipales podran acceder a este beneficio de manera directa y/o incorporando a un miembro de su familia que se encuentre en edad laboral (mayores de edad) acorde con los servicios a realizar. Cobrando en efectivo el 20% de los honorarios y cancelando con el 80% restante sus obligaciones tributarias. 2.2. ACOTACIONES COMPRENDIDAS: 2.2.1 EN LO QUE RESPECTA A LOS CANJES POR BIENES Y/O SERVICIOS.Se encuentran comprendidas las acotaciones por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Derechos, Licencias, Multas Tributarias y Administrativas, cuyo monto sea: · Igual o mayor a ½ U.I.T., previo Informe de la Comision. · Menor a ½ U.I.T., previo Informe de la Gerencia de Desarrollo Social. 2.2.2 EN LO QUE RESPECTA AL CANJE POR SERVICIOS MENORES Y/O VINCULADOS A LOS DIVERSOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD CIUDADANA, SERVICIOS A LA MORDAZA, SERVICIOS SOCIALES, CAMPANAS CIVICAS, Y OTROS.Se encuentran comprendidas las acotaciones por Arbitrios Municipales que se encuentren en via ordinaria y/o coactiva, cuyo monto: · No podra ser superior a 02 U.I.T; y los estipendios por parte de la Municipalidad no podran ser superiores a S/. 1,000 Soles mensuales. Y los servicios a prestar podran ser los siguientes: *Vecino Vigilante en: -Seguridad Ciudadana -Colegios -Parroquias -Parques -Campanas educativas *Jardineria (mantenimiento de parques y jardines) *Gasfiteria *Carpinteria *Limpieza y Barrido de Vias Publicas; y *Cualquier oficio menor de interes y necesidad para la Institucion. Articulo Tercero.- COMISION TECNICA La evaluacion y calificacion de las solicitudes esta a cargo de una Comision Tecnica de Pago Tributario y No Tributario por Bienes y/o Servicios, la misma que queda integrada por: · Gerente de Administracion y Finanzas · Secretario General · Gerente de Servicios de Administracion Tributaria · Subgerente de Logistica y Control Patrimonial (Presidente) (Secretario) (Miembro) (Miembro)

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

constaran en actas. Esta instancia podra contar con el apoyo o asesoramiento de otras unidades organicas de la Municipalidad y asesoria externa, de ser necesario. Corresponde a la Comision elevar a la Gerencia Municipal el Informe Final, recomendando la procedencia o denegatoria de la solicitud presentada. Queda facultada la Comision para emitir Acuerdos que establezcan criterios interpretativos dirigidos a resolver cuestiones que se susciten en el procedimiento o suplir vacios del ordenamiento en la materia. Articulo Cuarto.DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS El procedimiento se inicia a pedido de parte, con la MORDAZA de la solicitud ante la Subgerencia de Atencion al Ciudadano y Gestion Documentaria, quien verificara que las mismas cumpla con la MORDAZA de todos los documentos exigidos, en caso de faltar algun requisito notificara al contribuyente estableciendose un plazo de tres (03) dias habiles para la subsanacion, caso contrario se tendra por no presentada la solicitud, devolviendose los actuados al interesado. En lo que respecta al tiempo de duracion del procedimiento que consta del Ingreso del Expediente Administrativo, Aprobacion o Desaprobacion de la solicitud de pago tributario y no tributario por bienes y/o servicios por parte de la Comision, elaboracion y notificacion de la Resolucion, no debera exceder de sesenta (60) dias habiles. Mediante Resolucion de Gerencia Municipal se aprobara o desestimara las solicitudes presentadas, las mismas que se tramitaran conforme las disposiciones del Reglamento de la presente Ordenanza. De acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29060, el silencio administrativo aplicable al procedimiento normado por la presente Ordenanza es negativo. Para el inicio del tramite en el procedimiento normado por la presente Ordenanza deberan presentarse los siguientes requisitos: 4.1. REQUISITOS.4.1.1 CANJE POR BIENES Y/O SERVICIOS.Para el Naturales: caso de contribuyente Personas

a) MORDAZA del D.N.I. del solicitante o su representante legal debidamente acreditado. b) Relacion de bienes y/o servicios a prestar, debiendo consignar: · Descripcion detallada de los bienes a ser entregados y/o servicios a prestar. · Documentos que prueben la titularidad de los bienes y/o ejecucion de los servicios (contrato de compra-venta, facturas, boletas, comprobantes de pago, cotizacion actualizada de un bien de iguales caracteristicas al ofrecido, etc.). · Antiguedad de los bienes. · Numero de los bienes. · Garantia tecnica minima de un ano de los bienes ofrecidos, de ser el caso. · Valor del MORDAZA estimado de los bienes o servicios a prestar, por unidad y por lote, segun el caso. · Catalogos, muestrarios e instrucciones relativos al bien y/o servicios, respecto de los bienes, su uso, de ser el caso. · Compromiso de declaracion jurada que el(los) bien(es) se encuentra(n) en optimas condiciones y/o que se cumplira con los servicios ofrecidos. c) Estado de Cuenta Corriente y/o Liquidacion del Tributo a la fecha de MORDAZA de la solicitud, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. Para el caso de contribuyente Personas Juridicas: a) MORDAZA del D.N.I. del Representante Legal. b) MORDAZA del testimonio de la Escritura Publica de Constitucion. c) MORDAZA simple del RUC. d) Relacion de bienes y/o servicios a prestar, debiendo consignar:

Los organos que conforman Comision Tecnica de Pago Tributario y No Tributario por Bienes y/o Servicios actuaran colegiadamente y emitiran acuerdos que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.