Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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VISTO: El Expediente N° 33359615, organizado por SOCIEDAD MINERA CERRO MORDAZA S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11386053 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, SOCIEDAD MINERA CERRO MORDAZA S.A.A., mediante documento con registro Nº 2465377 de fecha 15 de enero de 2015, ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Termica Recka, con una potencia instalada de 191,20 MW, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 3822014-MEM/DGAAM de fecha 25 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Termica Recka; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, emitio el Informe N° 1602015-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de SOCIEDAD MINERA CERRO MORDAZA S.A.A., que se identificara con codigo N° 33359615, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica Recka, con una potencia instalada de 191,20 MW, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Articulo 2.- SOCIEDAD MINERA CERRO MORDAZA S.A.A., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, en el que esta prevista la puesta en marcha de la Central Termica Recka a mas tardar el 28 de febrero de 2016. El incumplimiento de la ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3.- El titular esta obligado a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1237254-1

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procuradora Publica Adjunta del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN
RESOLUCION SUPREMA Nº 086-2015-JUS MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2015 VISTO, el Oficio Nº 1555-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 13.1 del articulo 13º de la citada MORDAZA, dispone que los Procuradores Publicos Adjuntos estan facultados para ejercer la defensa juridica del Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el Procurador Publico, contando con las mismas atribuciones y prerrogativas que el titular; Que, mediante Oficio Nº 040-2015-PD-OSITRAN de fecha 30 de marzo de 2015, la Presidenta del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN puso en consideracion del Consejo la designacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procuradora Publica Adjunta del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que el citado Consejo ha acordado proponer la designacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procuradora Publica Adjunta del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procuradora Publica Adjunta del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1238285-1

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