Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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indemnizacion, de ser el caso, determinado por el Colegio de Economistas de MORDAZA, segun corresponde, y presentar a la Direccion General de Electricidad, la Resolucion final de la consignacion judicial por la servidumbre impuesta, a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, de acuerdo al articulo 229 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 3.- LUZ DEL SUR S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4.- LUZ DEL SUR S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 6.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1231215-1

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

Autorizan transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de Ica y Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2015-MEM/DM MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Informe N° 037-2015-MEM-OGP/DIR de fecha 06 de MORDAZA del 2015, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Vigesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se autorizo al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestion regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energetica, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, hasta por el monto de S/. 3 000 000,00 (Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, la referida disposicion senala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energia y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolucion del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligacion de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energia y Minas sobre los avances fisicos y financieros de la ejecucion de dichos recursos, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos; Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continuen en forma adecuada con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, se ha suscrito en fecha 05 de MORDAZA del 2015, un Convenio de Cooperacion y Gestion entre el Ministerio de Energia y Minas y el Gobierno Regional de

Ica, con el objeto de fortalecer las capacidades de gestion y apoyar economica y tecnicamente a la Direccion Regional de Energia y Minas de Ica, encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energetica al Gobierno Regional; Que, mediante el referido Convenio de Cooperacion y Gestion, el Ministerio de Energia y Minas se comprometio a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/. 120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Direccion Regional de Energia y Minas, encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energetica, a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, segun lo senalado en el numeral 5.1. de la Clausula MORDAZA y en el numeral 6.1 de la Clausula Sexta del Convenio; Que, en ese sentido, en aplicacion de lo establecido en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energia y Minas a favor del Gobierno Regional de Ica, mediante la correspondiente resolucion del titular del pliego; De conformidad con lo dispuesto en la Vigesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; en la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012EF; Con la opinion favorable del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el Visto MORDAZA del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizacion de la transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Ica. Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/. 120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Gobierno Regional de Ica, para ser destinados exclusivamente a la contratacion de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestion regional de su Direccion Regional de Energia y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero ­ energetica, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional

S/.120 000.00

Articulo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el articulo 1° de la presente resolucion se efectuara segun el siguiente detalle: A la Region Ica Pliego Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria Cuenta Corriente CCI RUC : : : : : : : : Organismo Publico N° 449 Gobierno Regional de Ica 001 Sede Central ­ Region Ica N° 0813 Banco de la Nacion N° 601-022591 N° 018-601000-601-022591-57 N° 20452393817

Articulo 3.- Terminos y obligaciones de la transferencia Los terminos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de

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