Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

552651
Historico de Chacramarca; ii) Pasaporte "Aficionado de las ANP" que incluye la Reserva Nacional de Paracas, RN SIIPG Islas Ballestas, RNSIIPG Islas Cavinzas e islotes Palominos, Reserva Nacional de Lachay, Santuario Historico Bosque de Pomac, Reserva Nacional de MORDAZA, Santuario Historico de Chacramarca, MORDAZA Nacional de Huascaran, MORDAZA Nacional Tingo MORDAZA (sector MORDAZA y Tres de Mayo), MORDAZA Nacional Yanachaga Chemillen, y; iii) Membresia Anual, que comprende la Reserva Nacional de Paracas; Que, el articulo 34° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo precisa que, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las areas naturales protegidas o a los bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion con el objeto de promover el turismo interno; Que, complementariamente el articulo 41° de la referida Ley, senala que la promocion turistica se realiza de acuerdo con las politicas sectoriales en materia de turismo a traves de la formulacion, aprobacion y ejecucion de planes y estrategias institucionales de promocion del MORDAZA como destino turistico, tanto para el turismo interno como receptivo; Que, de acuerdo al informe del visto, la Unidad Operativa Funcional de Turismo, senala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, viene impulsando como parte del desarrollo de productos innovadores desde el ano 2014, productos turisticos que incluyen Areas Naturales Protegidas como parte de los atractivos turisticos; en ese sentido desarrolla acciones estrategicas para la mejora y fortalecimiento del producto para su comercializacion de manera articulada con los principales actores de la actividad turistica del destino, entre ellos con el SERNANP; Con las visaciones de la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica, la Secretaria General, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal b) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM, es facultad de la Presidencia del Consejo Directivo del SERNANP, aprobar normas, directivas y criterios tecnicos y administrativos para la gestion de las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las siguientes tarifas promocionales, las cuales se aplicaran a partir del 01 de junio de 2015, segun el siguiente detalle:
Denominacion de la tarifa ANP que comprende Vigencia Costo Descuento del 50% del valor total de boleto de ingreso de las dos ANP Condiciones

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban tarifas promocionales para el ingreso a diversas areas naturales protegidas
RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 081-2015-SERNANP 30 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Oficio N° 456-2015-SERNANP-DGANP de fecha 06 de MORDAZA de 2015 e Informe N° 182-2015-SERNANPDGANP de fecha 31 de marzo de 2015 de la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru, dispone que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas - ANP; Que, en virtud al numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, adscrito al Ministerio del Ambiente, el mismo que se constituye como el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SINANPE, y en su autoridad tecnico-normativa; Que, el literal k) del articulo 2° de la Ley N° 26834 ­ Ley de Areas Naturales Protegidas, dispone que la proteccion de Areas Naturales Protegidas implica, entre cosas, promocionar oportunidades para la recreacion y el esparcimiento al aire libre, asi como el desarrollo turistico basado en las caracteristicas naturales y culturales del pais; Que, asimismo, la precitada Ley, en su articulo 29° establece que el Estado reconoce la importancia de las ANP para el desarrollo de actividades como el turismo y la recreacion en la naturaleza y que dichas actividades solo seran autorizadas si su desarrollo no afecta los objetivos primarios de conservacion del area en la cual se llevan a cabo y se respete la zonificacion y condiciones establecidas en el Plan Maestro del ANP; Que, el articulo 12° del Decreto Supremo N° 018-2009MINAM, que aprueba el Reglamento de Uso Turistico de Areas Naturales Protegidas, establece que todo visitante que ingresa a un ANP con fines de turismo o recreacion debera abonar un pago por concepto de derecho de ingreso; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 234-2012SERNANP de fecha 27 de diciembre de 2012, se aprobo la actualizacion y consolidacion de la estructura de tarifas planas y diferenciadas por ingreso con fines turisticos a las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional del SINANPE; Que, de acuerdo al informe del visto, la Unidad Operativa Funcional de Turismo, senala que es "importante desarrollar estrategias para el desarrollo del turismo responsable en las areas naturales protegidas, las cuales ademas de ser una actividad economicamente rentable [...] , debe ser entendido como un vehiculo para la conservacion, contribuyendo a tomar conciencia de los valores ecologicos, culturales, espirituales, esteticos, recreacionales y economicos de las ANP"; Que, en ese sentido, propone como un medio de promocion turistica, la aplicacion de tarifas promocionales, orientada a segmentos diferentes, con objetivos definidos para cada caso y agrupando ciertas ANP de acuerdo a sus caracteristicas, como se indica: i) Boleto Promocional 2X1, que incluye las Reserva Nacional de MORDAZA y el Santuario

Boleto SH de Chacramarca Promocion 2 X 1 RN de MORDAZA RN de Paracas RNSIIPG Islas Ballestas RNSIIPG Islas Cavinzas e islotes Palominos RN de Lachay SH Bosque de Pomac RN de MORDAZA SH de Chacramarca PN Huascaran PN Tingo MORDAZA (sector MORDAZA y Tres de Mayo) PN Yanachaga -Chemillen RN de Paracas

01 ano

Prorrogable

Aficionado de las ANP

02 anos desde la adquisicion del pasaporte

Descuento del 40% del valor total de las 10 ANP en tarifa plana

Intransferible Comprende solo una visita por ANP

Membresia Anual

01 ano a partir de la adquisicion

Costo equivalente al 10% de la UIT del ano vigente

Intransferible Visita ilimitada al ANP

Articulo 2°.- Disponer que la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas, la Oficina de Administracion y las Jefaturas de las ANP senaladas en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.