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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2015 (21/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 552975 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 378-2014-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2015; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de mayo de 2015; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo 194 402 424 2 792 Regístrese, comuníquese y publíquese. ENZO DEFILIPPI Viceministro de Economía 1240030-1 Modifican Anexos 1 y 10 de la R.D. Nº 008-2015-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010 -2015-EF/50.01 Lima, 15 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2015- EF/50.01 se aprobó los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de diciembre de 2014, y mediante Resolución Directoral N°008-2015-EF/50.01 se aprobó los resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondientes al 31 de diciembre de 2014; en el marco de la Ley N° 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, y el Decreto Supremo N° 033-2015-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015; Que, se ha determinado que en los resultados complementarios aprobados mediante la Resolución Directoral Nº 008-2015-EF/50.01, antes citada, debió incluirse a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas del Departamento de Amazonas y a la Municipalidad Provincial de Huaura del Departamento de Lima al haber cumplido con las Metas N° 31 y 40: Incremento en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 diciembre del 2013; asimismo, debió incluirse a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de la Provincia de Pallasca del Departamento de Ancash, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba de la Provincia de Chincheros del Departamento de Apurímac y a la Municipalidad Distrital de Alcamenca de la Provincia de Víctor Fajardo del Departamento de Ayacucho al haber cumplido con las Metas N° 48 y 53: “Mejora de la calidad de la información proveniente del empadronamiento por demanda ejecutada por las Unidades Locales de Focalización”; de conformidad con lo informado por la Dirección de Calidad de Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, mediante Informe Nº 023-2015-EF/50.05; Que, por tanto, corresponde incluir a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas del Departamento de Amazonas y a la Municipalidad Provincial Huaura del Departamento de Lima en el Anexo 1; y a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de la Provincia de Pallasca del Departamento de Ancash, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba de la Provincia de Chincheros del Departamento de Apurímac y a la Municipalidad Distrital de Alcamenca de la Provincia de Víctor Fajardo del Departamento de Ayacucho en el Anexo 10 de la Resolución Directoral N°008-2015-EF/50.01; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el artículo 8 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 033- 2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación de los Anexos 1 y 10 de la Resolución Directoral Nº 008-2015-EF/50.01 Incluir a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas del Departamento de Amazonas y a la Municipalidad Provincial de Huaura del Departamento de Lima en el Anexo N° 1; y a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de la Provincia de Pallasca del Departamento de Ancash, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba de la Provincia de Chincheros del Departamento de Apurímac y a la Municipalidad Distrital de Alcamenca de la Provincia de Víctor Fajardo del Departamento de Ayacucho en el Anexo N° 10 de la Resolución Directoral N°008-2015-EF/50.01, que contiene los resultados complementarios de las Metas N° 31 y 40: Incremento en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 diciembre del 2013 y de las Metas N° 48 y 53: “Mejora de la calidad de la información proveniente del empadronamiento por demanda ejecutada por las Unidades Locales de Focalización”, respectivamente, correspondientes al 31 de diciembre de 2014. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial “El Peruano”. La cual deberá ser publicado en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1239782-1