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El Peruano Jueves 28 de mayo de 2015 553427 Proyectos, de la Gerente de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, del Gerente de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y el numeral v) del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de ciento treinta y cuatro (134) convenios en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2015 – Distritos Focalizados, por la suma total de S/. 15 576 278, 49 (Quince Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Ocho con 49/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1243275-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el valor total de la tasación correspondiente a predios afectados por la ejecución del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 239-2015 MTC/01.02 Lima, 21 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, se declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, y, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fi nes; Que, de acuerdo con el artículo 5 de la citada Ley, el valor de la tasación para adquirir inmuebles afectados para la ejecución de obras de infraestructura es fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, actualmente la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Asimismo, para la aprobación del Valor Total de la Tasación, se considera el monto fi jado por la Dirección de Construcción agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder; Que, asimismo, según el artículo 5 de la Ley N° 30025, la aprobación del Valor Total de la Tasación se realiza mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Ofi cio N° 376-2015/VIVIENDA- VMCS-DGPRCS-DC, de fecha 24 de marzo de 2015, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, remite a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en adelante la AATE, el Informe Técnico de Tasación identifi cado con Código TE-206, entre otros, con la valuación del predio afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao (en adelante, Proyecto Línea 2); Que, el Gerente de la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE, a través del Memorándum N° 236-2015-MTC/33.1 hace suyo el contenido del Informe Técnico N° 024-2015-RJQ, en el cual se detalla la ubicación precisa del bien, establece los linderos, medidas perimétricas y área total de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal y señala el valor de tasación correspondiente al predio identifi cado con Código TE- 206, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2; por lo que, solicita se inicie el trámite correspondiente para la aprobación del valor de tasación; Que, mediante Informe N° 155-2015-MTC/33.8 de la Ofi cina de Asesoría Legal de la AATE, se emite opinión favorable para la aprobación del valor total de la tasación correspondiente al predio identifi cado con Código TE-206, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2; De conformidad con la Ley N° 30025 y con el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el valor total de la tasación, correspondiente a un (01) predio, identifi cado con Código TE-206, afectado por la ejecución del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi cación al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE notifi que la presente Resolución a los sujetos pasivos del predio afectado por la ejecución del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, a que se refi ere el Anexo de esta Resolución, conjuntamente con la oferta de adquisición correspondiente, conforme a las formalidades de notifi cación establecidas en el numeral 5.5 del artículo 5° de la Ley N° 30025. Artículo 3.- Notifi cación a SUNARP Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE notifi que a la ofi cina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), correspondiente al inmueble afectado, a fi n de que se proceda a realizar la anotación preventiva, de conformidad con lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5° de la Ley N° 30025. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones