Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

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Articulo Tercero: ENCARGAR, al Titular del Pliego 463 Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, para que en el MORDAZA de sus facultades otorgadas en la Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, priorice la asignacion de recursos financieros en los presupuestos institucionales, que de ejecutoriedad a lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo Cuarto: DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion de acta. Articulo Quinto: La presente Ordenanza Regional se publicara en el diario oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional, y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. POR TANTO: Comuniquese al Senor Gobernador Regional del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernador Regional de MORDAZA 1242304-2

Que, la citada entidad senala que es un humedal de importancia pues representa un punto de parada y de descanso para muchas aves migratorias y es el habitat de algunas aves costeras. Si bien, no es un sitio de anidamiento debido al grado de intervencion humana, si representa un lugar estrategico como parte del corredor biologico en la costa del MORDAZA que une otros lugares como el Refugio de MORDAZA MORDAZA Pantanos de MORDAZA y la Reserva Nacional de Paracas; Que, de la misma forma, conforme a registros normativos nacionales, se tiene que cumpliendo con lo estipulado en el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru, se declara a esta area como MORDAZA Reservada el 29 de enero del 2008 mediante Resolucion Ministerial Nº 064-2008-AG, publicada en el diario El Peruano el 31 de enero del 2008; Que, en la mencionada resolucion se establece "(...) que, los Humedales de Puerto Viejo son parte del Corredor Biologico del MORDAZA en la costa central peruana e incluye diferentes tipos de habitat principalmente de aves residentes y migratorias, asi como de otras muestras representativas de MORDAZA y fauna de los humedales costeros, superficie que se ve amenazada por una creciente presion demografica, demandando su urgente proteccion, a fin de conservar la diversidad biologica y los valores asociados presentes en la zona", por tanto calificarla como MORDAZA Reservada implica "(...) conservar la MORDAZA y fauna silvestres, la belleza escenica y los valores asociados, asi como contribuir al desarrollo de la region mediante el aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales"; Que, asimismo, en el articulo 5 de la citada resolucion se resolvio conforma una comision encargada de realizar los trabajos de categorizacion y presentar la propuesta final al entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, siendo que hasta la fecha, dicho expediente se encuentra en MORDAZA de archivo, por lo que resulta pertinente que el Gobierno Regional de MORDAZA priorice la pronta recuperacion y exija la categorizacion, conforme al MORDAZA legal vigente; Que, en la Sesion Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 09 de MORDAZA de 2015, se trato el Oficio Nº 078-2015VARH/CR/GRL del Consejero Regional por la provincia de Canete, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien solicita que se considere como punto de agenda en la Sesion Ordinaria, el proyecto de Ordenanza Regional que declara de interes publico y prioridad regional la recuperacion y categorizacion como area natural protegida, a la MORDAZA denominada "Los Humedales de Puerto Viejo", ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, con la sustentacion del Consejero Regional por la provincia de Canete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el MORDAZA por MAYORIA de los consejeros regionales concurrentes a la sesion del Consejo Regional, se aprueba la exoneracion del pase a Comision Ordinaria y la aprobacion de la presente ordenanza regional; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15° inciso a), c) y s) de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE ORDENANZA

Aprueban la creacion del Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud -CRIIS MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N°06-2015-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 30 de MORDAZA del 2015 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Carta N°017-2015-CO-SPVS-CR/GRL del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision Ordinaria de Salud, Poblacion, Vivienda y Saneamiento en el cual solicita la aprobacion del Dictamen Final recaido en el A.C.R. N° 057-2015CR/GRL que aprueba el proyecto de Ordenanza Regional para la Conformacion del Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud ­CRISS. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece:

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO Y PRIORIDAD REGIONAL LA RECUPERACION Y CATEGORIZACION COMO AREA NATURAL PROTEGIDA, A LA MORDAZA RESERVADA DENOMINADA "LOS HUMEDALES DE PUERTO VIEJO", UBICADA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA, PROVINCIA DE CANETE Articulo Primero: DECLARAR de Interes Publico y de Prioridad Regional la Recuperacion y Categorizacion como Area Natural Protegida, a la MORDAZA Reservada Denominada "Los Humedales de Puerto Viejo", ubicada en el distrito de San MORDAZA de la provincia de Canete. Articulo Segundo: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, para que en el MORDAZA de sus competencias y atribuciones formulen y ejecuten los proyectos de inversion y/o actividades que la garanticen la implementacion de estrategias conducentes a la recuperacion y categorizacion ante el SERNANP, conforme a lo dispuesto en el articulo precedente.

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