Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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"Los gobiernos regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del articulo 15º de la misma MORDAZA, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 9 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que el estado determina la Politica Nacional de Salud, el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y en tal sentido, es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y Descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que toda persona tiene derecho a la proteccion de su salud, siendo que la salud publica es responsabilidad primaria del Estado y que su Proteccion y Provision es de interes Publico, por tanto es responsabilidad del estado regularla, vigilarla y promoverla en condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de Salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el Decreto Legislativo N° 1157, en su articulo 6° numeral 6.2, dispone la creacion de los Comites Regionales Intergubernamentales de Inversiones en Salud CRISS, entendidos como los espacios de concertacion Intergubernamental compuestos por el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales, para la priorizacion concertada y el seguimiento de las iniciativas de expansion y sostenimiento de la oferta publica de baja y mediana complejidad en el ambito distrital y Provincial, en lo que corresponde a puestos, centros de salud, hospitales locales u otros servicios de salud. El CRIIS cuenta con la asistencia tecnica del Ministerio de Salud, del Ministerio de Economia y Finanzas y la participacion de Es salud. Su conformacion, mecanismos de designacion y funciones seran establecidas por el reglamento correspondiente. El Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social podra participar del CRIIS para brindar asistencia tecnicas en las materias de competencias de su Sector. Que, mediante el Oficio N° 073-2015-GRL-GG el Gerente General del Gobierno Regional de MORDAZA, remite al Consejo Regional de MORDAZA para su aprobacion el Proyecto de Ordenanza Regional para la Conformacion del Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud ­ CRIIS Lima; Que, en la Sesion Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 30 de MORDAZA de 2015, se trato la Carta N°017-2015-CO-SPVS-CR/GRL del Consejero Regional por la provincia de Huaral, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Comision Ordinaria de Salud, Poblacion, Vivienda y Saneamiento en la cual solicita la aprobacion del Dictamen Final recaido en el A.C.R. N° 057-2015-CR/GRL que aprueba el proyecto de Ordenanza Regional para la Conformacion del Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud ­CRISS, con la sustentacion del referido Consejero Regional; del debate de los miembros del Consejo Regional de MORDAZA, y con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los consejeros regionales concurrentes a la sesion del Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15° inciso a), c) y s) de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE ORDENANZA

El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

"QUE APRUEBA LA CREACION DEL COMITE REGIONAL INTERGUBERNAMENTAL DE INVERSIONES EN SALUD-CRIIS LIMA" Articulo Primero: APROBAR la creacion del COMITE REGIONAL INTERGUBERNAMENTAL DE INVERSIONES EN SALUD-CRIIS MORDAZA, como instancia de articulacion, coordinacion y decision en inversiones publicas en salud en la jurisdiccion del Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo: ESTABLECER que el Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en SaludCRIIS MORDAZA, esta conformado de la siguiente manera: · El Gobernador Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, quien lo Presidira. · El Gerente General Regional del Gobierno Regional de Lima. · El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima. · El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima. · Director Regional de Salud MORDAZA, quien ejercera la Secretaria Tecnica. · El MORDAZA Provincial de Barranca. · El MORDAZA Provincial de Cajatambo. · El MORDAZA Provincial de Huaura. · El MORDAZA Provincial de Oyon. · El MORDAZA Provincial de Canta. · El MORDAZA Provincial de Huarochiri. · El MORDAZA Provincial de Canete. · El MORDAZA Provincial de Yauyos. · El MORDAZA Provincial de Huaral. Articulo Tercero: ESTABLECER que el Comite Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud ­ CRIIS MORDAZA, tiene como objetivos: 1. Convertirse en el espacio de Concertacion Intergubernamental Compuesto por el Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales que se encuentran bajo su jurisdiccion para la priorizacion concertada y el seguimiento de las iniciativas de expansion y sostenimiento de la oferta publica de baja y mediana Complejidad en Salud, en el ambito Distrital y Provincial de la jurisdiccion del Gobierno Regional de Lima. 2. Identificar los alcances de la Reforma del sector Salud y las implicancias en la Politica de Inversiones en Salud, en el ambito del Gobierno Regional de Lima. 3. Reconocer el estado situacional de los Proyectos de Inversion Publica Priorizados. 4. Definir la cartera de proyectos de Inversion para los establecimientos de Salud Estrategicos para el periodo 2015-2018. Articulo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion de acta. Articulo Quinto: La presente Ordenanza Regional se publicara en el diario oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional, y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernador Regional de MORDAZA 1242304-3

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