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565730 NORMAS LEGALES Jueves 5 de noviembre de 2015 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2015”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2015, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores se han previsto recursos para el pago de cuotas a favor de la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Superintendencia del Mercado de Valores a efectuar el pago de la cuota ascendente a € 16 000.00 (Dieciséis mil y 00/100 Euros) a favor de la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV (Internacional Organization of Securities Commissions - IOSCO). Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1308269-5 Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0971/2015-RE Lima, 2 de noviembre de 2015CONSIDERANDO:Que, la I Reunión entre la Embajada, los Cónsules Generales y los Jefes de las O fi cinas Comerciales (OCEX) del Perú en los Estados Unidos de América se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 al 10 de noviembre de 2015; Que, la citada reunión promoverá la acción concertada entre la Embajada, las O fi cinas Consulares y las O fi cinas Comerciales del Perú en los Estados Unidos de América con el propósito de consignar en la agenda, diseñar e implementar propuestas e iniciativas que coadyuven a la optimización y fortalecimiento de la gestión consular con un consecuente mejoramiento permanente de la política de protección, asistencia y atención de la comunidad peruana residente en dicho país; y, establecer una mayor sinergia e intercambio de ideas en asuntos relacionados a la promoción del comercio, inversiones y turismo, de acuerdo a los objetivos nacionales en la materia; Que, la participación del Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares en la citada reunión permitirá recabar información relevante sobre el funcionamiento y desempeño de las O fi cinas Consulares del Perú en los Estados Unidos de América, así como intercambiar buenas prácticas y experiencias en el ámbito consular; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5569, del Despacho Viceministerial, de 21 de octubre de 2015; y los Memorandos (DGC) Nº DGC0987/2015, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 27 de agosto de 2015; y (OPR) Nº OPR0329/2015, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 28 de octubre de 2015, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 al 10 de noviembre de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo clase económi- ca US$Viáticos por día US$Nº de díasTotal viáticos US$ Carlos Rafael Polo Castañeda 1 465,00 440,00 2+1 1 320,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1307299-1