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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (05/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

565742 NORMAS LEGALES Jueves 5 de noviembre de 2015 / El Peruano de Puno, por el de 1° y 2° Juzgado Civil del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno, los cuales tendrán a su cargo el trámite de expedientes de la especialidad civil y laboral y sus respectivas subespecialidades. - El 1° y 2° Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Puno, Corte Superior de Justicia de Puno, por el de 1° y 2° Juzgado Civil del Distrito y Provincia de Puno, Corte Superior de Justicia de Puno, los cuales tendrán a su cargo el trámite de expedientes de la especialidad civil y laboral y sus respectivas subespecialidades. Artículo Quinto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, efectuará las siguientes acciones administrativas: • Que el 3° Juzgado Mixto del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, remita de forma equitativa y aleatoria entre el 1° y 2° Juzgado Mixto de Puno, la carga procesal pendiente que tenga al 30 de noviembre del presente año. • Que el 1° Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Azángaro, remita 800 expedientes principales en trámite más antiguos que al 30 de noviembre del presente año no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de causa a esa fecha, provenientes de la carga procesal pendiente denominada “carga inicial” al 2° Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Azángaro. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, O fi cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.S.VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1308110-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Jueza Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 612-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de noviembre de 2015 Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de esta Presidencia el descanso médico otorgado a favor del doctor Ricardo Antonio Montes Montoya, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac, motivo por el cual solicita licencia por motivos de salud por el periodo del 04 al 09 de noviembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac, proceder a la designación del Juez conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora IVONNE JACQUELINE GOICOCHEA TAPIA, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado del Rímac a partir del día 05 de noviembre del presente año y mientras dure la licencia del doctor Montes Montoya. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la O fi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior, de la Coordinación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Jueces que se detallan en el Artículo Primero, Segundo y Tercero para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1308113-1 ORGANOS AUTONOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Autorizan viaje de Vocal Supremo del Fuero Militar Policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 041-2015-FMP/CE/SG Lima, 27 de octubre de 2015CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fi scales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada Ley, modi fi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, mediante O fi cio Nº 868-2015/VPD/DOP/CDS- UNASUR de fecha 20 de octubre de 2015; el Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa, extendió cordial invitación para que el señor Mayor General FAP Arturo Antonio GILES FERRER, se integre al Equipo de la Delegación Peruana y participe en el “II Seminario Suramericano en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”, organizado por el Ministerio de Defensa de la República Argentina, evento que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina del 12 al 13 de noviembre de 2015; Que, dada la importancia del citado evento, que se enmarca dentro de los objetivos del tratado constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), busca reforzar los objetivos de la Escuela Sudamericana de Defensa, especí fi camente en lo que se re fi ere a la identi fi cación de indicadores y experiencias, en pos de generar pautas comunes de formación en temáticas concernientes a Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario; resulta conveniente a los intereses institucionales de esta jurisdicción excepcional, autorizar dicha participación en representación del Fuero Militar Policial; Que, en sesión de fecha 23 de octubre de 2015, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó autorizar el viaje a la República Argentina, en comisión de servicio,