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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (05/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

565740 NORMAS LEGALES Jueves 5 de noviembre de 2015 / El Peruano de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, Gerencia General del Poder Judicial; y a la jueza recurrente, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.S.VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1308110-4 Prorrogan funcionamiento y modifican denominación de diversos órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Cañete, Lambayeque y Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 334-2015-CE-PJ Lima, 21 de octubre de 2015 VISTOS: El O fi cio N° 526-2015-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y O fi cio N° 1610-2015-CSJCÑ/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete solicita a este Órgano de Gobierno la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, sustentada en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en el Informe N° 050-2015-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, remitido por el encargado del componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modi fi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1166- 2015 de la quincuagésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidias Farfán y Vera Meléndez; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo, por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de noviembre de 2015, el funcionamiento del siguiente órgano Jurisdiccional transitorio: HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016:DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Cañete, en adición de sus funciones Juzgado Penal Liquidador. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete exhorte al juez del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitoria en adición de funciones Juzgado Penal Liquidador, a elevar su nivel de resolución y cumpla con los estándares de producción mensual establecidos en la Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, O fi cina de Productividad Judicial, Presidente del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.S.VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1308110-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 335-2015-CE-PJ Lima, 21 de octubre de 2015 VISTOS:El O fi cio N° 529-2015-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y el O fi cio N° 1628-2015-CSJCÑ/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete solicita a este Órgano de Gobierno la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, sustentada en razones de carga procesal. Asimismo, el Presidente del referido equipo técnico propone prorrogar el funcionamiento del órgano jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, considerando las estadísticas del Sistema Integrado Judicial. Segundo. Que por lo expuesto en el Informe N° 052-2015-MYE-ST-ETI-CPP/PJ remitido por el encargado del componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modi fi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1167- 2015 de la quincuagésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidias Farfán y Vera Meléndez; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único