Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

566068
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTOS:

Miércoles 11 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 751 y 759, del 05 de noviembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº NC-900-SGFA-EMAI-Nº 5415, del 09 de noviembre de 2015, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 11 al 12 de noviembre de 2015, con la finalidad de llevar a cabo un estudio de sitio previo al despliegue para un entrenamiento con miembros de la Fuerza Aérea del Perú. Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y, de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 11 al 12 de noviembre de 2015, con la finalidad de llevar a cabo un estudio de sitio previo al despliegue para un entrenamiento con miembros de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

El Oficio N° 1176-2015-MIDIS-FONCODES/ DE, emitido por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social; y el Memorando N° 610-2015-MIDIS/ VMPS/DGDCPS, emitido por la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante la Trigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30056, se dispuso la ampliación, hasta el 31 de diciembre de 2016, de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011, que dictó medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, a efectos de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores, incluyéndose en el ámbito de aplicación de dicho capítulo, la adquisición de kits de cocina popular, entre otros bienes; Que, según el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, para la adquisición de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor de Compra, el cual estará conformado, entre otros, por un representante del Ministerio a cuyo sector se destinará el bien, quien desempeñará las funciones de secretario del referido núcleo ejecutor, y para la distribución de los bienes se formarán Núcleos Ejecutores de Distribución, los cuales estarán conformados, entre otros, por un representante del Ministerio demandante, quien desempeñará las funciones de Tesorero del mencionado núcleo ejecutor, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, en ese contexto, mediante Resolución Ministerial N° 195-2014-MIDIS se acreditó a la señora Diana Ynés Avilés Suárez como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el cargo de secretaria, ante el Núcleo Ejecutor de Compra de kits de cocina popular, y mediante Resoluciones Ministeriales N° 209-2014-MIDIS y N° 145-2015-MIDIS se acreditó a la referida servidora como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el cargo de tesorera, ante el Núcleo Ejecutor de Distribución de kits de cocina popular, conforme al Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, atendiendo a lo indicado en los documentos de Vistos, se ha estimado pertinente dar por concluida las acreditaciones de la señora Diana Ynés Avilés Suárez a que se hace referencia en el considerando precedente, y acreditar en su reemplazo a la servidora que se desempeñará como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los referidos núcleos ejecutores, en los cargos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y modificatorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida las acreditaciones de la señora Diana Ynés Avilés Suárez a que hacen referencia la Resolución Ministerial N° 195-2014-MIDIS, Resolución Ministerial N° 209-2014-MIDIS y Resolución Ministerial N° 145-2015-MIDIS. Artículo 2.- Acreditar a la señora Ysabel Angeles Ramos Yañez como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en reemplazo de la servidora indicada en el artículo precedente y de conformidad con

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1310685-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Acreditan a representante del Ministerio ante los núcleos ejecutores a que se refieren las RR.MM. N°s. 195 y 209-2014-MIDIS y 145-2015-MIDIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2015-MIDIS Lima, 10 de noviembre de 2015

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