Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 11 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a los Ministerios de la Producción, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, y a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1310684-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificación (reordenamiento) de zonas de concesión de distribución de energía eléctrica solicitada por Electro Sur Este S.A.A. y adendas a diversos contratos de concesión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 464-2015-MEM/DM Lima, 2 de noviembre de 2015 VISTO: Los Expedientes Nº 15006193, 15006293 y 15006493, sobre la solicitud de modificación (reordenamiento) de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica, presentada por Electro Sur Este S.A.A. (ELSE), persona jurídica inscrita en el Asiento B 00145 de la Partida Nº 11003503 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº X Sede Cusco, Oficina Registral Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 060-94EM, 062-94-EM y 063-94-EM, publicadas el 05, 06 y 06 de octubre de 1994, respectivamente, se otorgaron a favor de ELSE, concesiones definitivas para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco), Nº 011-94 (Madre de Dios) y Nº 009-94 (Apurímac), elevados a Escritura Pública el 17 de noviembre de 1994; Que, mediante Resolución Suprema Nº 105-2000EM, publicada el 08 de diciembre del 2000, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión de ELSE, suscribiéndose el Addendum Nº 01 a los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco), Nº 00994 (Apurímac) y Nº 011-94 (Madre de Dios), elevado a Escritura Pública el 07 de febrero de 2001; Que, mediante Resolución Suprema Nº 078-2009EM, publicada el 04 de diciembre de 2009, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión de ELSE, suscribiéndose el Addendum Nº 02 a los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco), Nº 009-94 (Apurímac) y Nº 011-94 (Madre de Dios); Que, mediante Resolución Suprema Nº 058-2010EM, publicada el 08 de setiembre de 2010, se aprobó la reducción de concesión definitiva de las zonas de Vilcanota, Valle Sagrado, Sicuani, Abancay, Andahuaylas y Chacapuente a favor de ELSE, suscribiéndose el Addendum Nº 03 a los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco) y Nº 009-94 (Apurímac), correspondientes a las citadas zonas; Que, mediante documento presentado el 13 de enero de 2011 con registro Nº 2059243, de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, ELSE ha solicitado la modificación de sus zonas de concesión de distribución de energía eléctrica en los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios, lo que esencialmente significa un reordenamiento de la georreferenciación de dichas zonas, debido a que su configuración no guarda relación con el trazo real que siguen las redes eléctricas ejecutadas. Este reordenamiento implica efectuar reducciones

y ampliaciones de las zonas concesionadas. Según fiscalización efectuada en campo por OSINERGMIN, las reducciones no afectarán a localidades donde se presta el servicio eléctrico de electricidad; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refiere el Informe Nº 476-2015-DGEDCE, siendo procedente aprobar la Adenda Nº 4 a los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco) y Nº 009-94 (Apurímac), y la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 011-94 (Madre de Dios), las mismas que deberán ser elevadas a Escritura Pública, incorporando en cada una de ellas el texto de la presente Resolución, e inscribirlas en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; De conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas y lo dispuesto en el Artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.Aprobar la modificación (reordenamiento) de las zonas de concesión de distribución de energía eléctrica solicitada por Electro Sur Este S.A.A. y las Adendas Nº 4 a los Contratos de Concesión Nº 008-94 (Cusco) y Nº 009-94 (Apurímac); y la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 011-94 (Madre de Dios), en los aspectos referidos a modificar los Anexos Nº 3 y Nº 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La modificación aprobada en el Artículo que antecede, comprende las zonas de concesión que a continuación se señalan, las cuales están delimitadas por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que figuran en los planos obrantes en el expediente:
Código Nº 15006193 01 Cusco Acomayo, Calca, Cusco y Paruro Anta, Calca, Paucartambo, Quispicanchi y Urubamba Cusco, Paucartambo y Quispicanchi Cusco ACM-RC-01, 1/100 000 Zonas Provincia Departa- Plano Nº, Escala mento

02

Valle Sagrado

Cusco

ACM-RC-02, 1/150 000

03

Quispicanchi

Cusco

ACM-RC-03, 1/100 000

04

Anta

Cotabambas, Apurímac, Grau, Anta, Cusco Cusco y Urubamba Urubamba, Calca y La Convención Urubamba, La Convención

ACM-RC-04, 1/150 000

05

La Convención

Cusco

ACM-RC-05, 1/200 000 ACM-RC-06, 1/20 000 ACM-RC-07, 1/150 000

06

MachuPicchu

Cusco

07

Yauri

Espinar

Cusco

08

Vilcanota

Cotabambas, Acomayo, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Paruro y Quispicanchi

Apurímac, Cusco

ACM-RC-08, 1/275 000

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