Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Contribuir a la promoción y protección de los derechos humanos en Côte d'Ivoire, prestando especial atención a las violaciones y los abusos graves cometidos contra niños y mujeres, particularmente los actos de violencia sexual y por razón de género, en estrecha coordinación con el Experto Independiente cuyo mandato se establece en la resolución 17/21 del Consejo de Derechos Humanos; Vigilar, ayudar a investigar e informar al Consejo respecto de los abusos y las violaciones de los derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario, incluidos los cometidos contra niños con sujeción a las resoluciones 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011), 2068 (2012) y 2143 (2014), con el fin de prevenir tales abusos y violaciones y poner fin a la impunidad; Señalar a la atención del Consejo todas las personas identificadas como autoras de violaciones graves de los derechos humanos y mantener informado al Comité establecido en virtud de la resolución 1572 (2004) de toda novedad significativa a este respecto, cuando proceda; Prestar apoyo a la labor del Gobierno para luchar contra la violencia sexual y por razón de género, incluso contribuyendo a la aplicación de una estrategia multisectorial bajo control nacional en cooperación con las entidades que participan en la Campaña de las Naciones Unidas contra la Violencia Sexual en los Conflictos; ... h) Apoyo a la asistencia humanitaria Facilitar, según sea necesario, el acceso humanitario sin trabas y ayudar a reforzar el suministro de asistencia humanitaria a la población vulnerable y afectada por el conflicto, especialmente contribuyendo a mejorar la seguridad de su suministro; Apoyar a las autoridades de Côte d'Ivoire en la preparación del regreso voluntario, seguro y sostenible de los refugiados y los desplazados internos, en cooperación con las organizaciones humanitarias pertinentes, y crear condiciones de seguridad propicias para ello; i) Información pública ... Vigilar los incidentes públicos de incitación al odio, intolerancia y violencia que puedan producirse y señalar a la atención del Consejo todas las personas identificadas como instigadoras de violencia política, y mantener informado al Comité establecido en virtud de la resolución 1572 (2004) de toda novedad significativa que se produzca a este respecto, cuando corresponda; j) Protección del personal de las Naciones Unidas Proteger al personal, las instalaciones y el equipo de las Naciones Unidas, y garantizar la seguridad y libertad de circulación del personal de las Naciones Unidas; 20. Autoriza a la ONUCI a utilizar todos los medios necesarios para cumplir su mandato, dentro de sus posibilidades y sus zonas de despliegue; 21. Decide que la protección de los civiles siga siendo la prioridad de la ONUCI, de conformidad con el párrafo 19 a) de la presente resolución, y decide también que la ONUCI siga centrando su atención en apoyar al Gobierno en el desarme, la desmovilización y la reintegración, la recogida de armas y la reforma del sector de la seguridad, de conformidad con los párrafos 19 d) y e) de la presente resolución, con el objetivo de traspasar gradualmente las responsabilidades en materia de seguridad de la ONUCI al Gobierno de Côte d'Ivoire; 22. Solicita a la ONUCI que asegure que todo apoyo a fuerzas de seguridad ajenas a las Naciones Unidas se preste en estricto cumplimiento de la política de diligencia debida en materia de derechos humanos en el contexto del apoyo de las Naciones Unidas a fuerzas de seguridad ajenas a la Organización; Estructura de la fuerza 23. Decide que la dotación máxima autorizada del componente militar de la ONUCI siga siendo de 5.437 efectivos militares, a saber, 5.245 soldados y oficiales de Estado Mayor y 192 observadores militares;

24. Decide que la dotación máxima autorizada del componente de policía de la ONUCI siga siendo de 1.500 efectivos, y decide además mantener la dotación de 8 funcionarios de aduanas autorizada previamente; 25. Reafirma su intención de considerar la posibilidad de seguir reduciendo el tamaño de la ONUCI, revisar su mandato y considerar su posible conclusión después de las elecciones presidenciales de octubre de 2015, según evolucionen las condiciones de seguridad sobre el terreno y la capacidad del Gobierno de Côte d'Ivoire para asumir las funciones de seguridad de la ONUCI; ... 27. Solicita a la ONUCI que siga centrando y racionalizando sus actividades en sus componentes militar, de policía y civil con el fin de lograr avances en las tareas indicadas en el párrafo 19; Fuerzas francesas 28. Decide prorrogar hasta el 30 de junio de 2016 la autorización que concedió a las fuerzas francesas para que respaldaran a la ONUCI, dentro de los límites de su despliegue y su capacidad; 29. Insta a todas las partes a que cooperen plenamente con las operaciones de la ONUCI y las fuerzas francesas que la respaldan, en particular garantizando su seguridad y libertad de circulación, y un acceso inmediato y sin trabas en todo el territorio de Côte d'Ivoire, a fin de que puedan cumplir plenamente sus mandatos; Cooperación regional y entre misiones 30. Exhorta a los Gobiernos de Côte d'Ivoire y de Liberia a que sigan reforzando su cooperación, particularmente en lo que respecta a la zona fronteriza, incluso aumentando la vigilancia, intercambiando información y llevando a cabo acciones coordinadas, y a que apliquen una estrategia común sobre la frontera, con el fin, entre otros, de apoyar el desarme y la repatriación de los elementos armados extranjeros a ambos lados de la frontera y la repatriación de los refugiados de manera voluntaria y en condiciones de seguridad, así como de abordar las causas fundamentales de conflicto y tensión; 31. Afirma la importancia de los acuerdos de cooperación entre misiones a medida que la UNMIL y la ONUCI se vayan reduciendo, reafirma el marco de cooperación entre misiones establecido en su resolución 1609 (2005), y recuerda que en su resolución 2062 (2012) hizo suya la recomendación del Secretario General de transferir tres helicópteros armados de la UNMIL a la ONUCI para que se utilizaran tanto en Côte d'Ivoire como en Liberia, a lo largo y a través de sus fronteras y reafirma la decisión adoptada en su resolución 2162 (2014) de que todos los helicópteros militares de la ONUCI y la UNMIL se utilizaran en Côte d'Ivoire y Liberia a fin de facilitar la respuesta rápida y la movilidad, sin afectar la zona de responsabilidad de cada misión; 32. Acoge con beneplácito la puesta en funcionamiento pleno de la fuerza de reacción rápida establecida por la resolución 2162 (2014) para aplicar el mandato de la ONUCI definido en el párrafo 19 de la presente resolución, y apoyar a la UNMIL, como se define en el párrafo 33 de la presente resolución, reconociendo que esa unidad seguirá siendo principalmente un activo de la ONUCI, y solicita al Secretario General que, en el contexto de los acuerdos de cooperación entre la UNMIL y la ONUCI, mantenga esa unidad por un período de un año y dentro de los límites de la dotación militar autorizada de la ONUCI; 33. Autoriza al Secretario General a desplegar esa unidad en Liberia, previo consentimiento de los países interesados que aportan contingentes y del Gobierno de Liberia, en caso de producirse un serio empeoramiento de la situación de la seguridad sobre el terreno a fin de reforzar temporalmente a la UNMIL con el único propósito de desempeñar su mandato, y destaca que esta unidad deberá dar prioridad al cumplimiento del mandato de la ONUCI en Côte d'Ivoire; 34. Solicita al Secretario General que lo informe inmediatamente de todo despliegue de esta Unidad a Liberia y obtenga la autorización del Consejo de Seguridad para todo despliegue de esa índole cuya duración sea superior a 90 días;

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