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566085 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de noviembre de 2015 El Peruano / 35. Exhorta a todas las entidades de las Naciones Unidas presentes en Côte d’Ivoire y Liberia, incluidos todos los componentes pertinentes de la ONUCI y la UNMIL, a que, dentro de los límites de sus mandatos, capacidad y zonas de despliegue respectivos, intensifi quen su apoyo a la estabilización de la zona fronteriza, entre otras cosas aumentando la cooperación entre misiones y elaborando un concepto y un plan estratégicos comunes, para apoyar a las autoridades de Côte d’Ivoire y de Liberia y la aplicación de estrategias regionales de seguridad, como las de la Unión del Río Mano y la CEDEAO; 36. Encomia la cooperación que existe entre la ONUCI y la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Malí (MINUSMA), y alienta a ambas misiones de las Naciones Unidas a que sigan avanzando en esta dirección, como se autoriza en el párrafo 25 de su resolución 2164 (2014); Presentación de informes 37. Solicita al Secretario General que lo informe periódicamente sobre la situación imperante en Côte d’Ivoire y la ejecución del mandato de la ONUCI, y que, a más tardar el 15 de diciembre de 2015, le presente un informe de mitad de período con respecto a la situación sobre el terreno y al cumplimiento de la presente resolución, que contenga opciones para aplicar, a más tardar el 31 de marzo de 2016, los elementos que fi guran en el párrafo 65 de su informe de 15 de mayo de 2014 (S/2014/342), afi rma su intención de considerar esas opciones, tras la celebración con éxito de las elecciones presidenciales de 2015, y solicita al Secretario General que le presente, a más tardar el 31 de marzo de 2016, un informe con recomendaciones acordes con lo dispuesto en el párrafo 25, con miras a la posible conclusión de la Operación, para examinarlo teniendo en cuenta la situación en Côte d’Ivoire; 38. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 1309779-2 Publican para conocimiento y debida observancia un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0988/RE-2015 Lima, 5 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 28 de mayo de 2015, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2223 (2015), referida a los informes del Secretario General sobre el Sudán y Sudán del Sur, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a los informes del Secretario General sobre el Sudán y Sudán del Sur. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2°.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Defensa Ministerio del Interior Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Resumen Sustantivo de la Resolución del Consejo de Seguridad N° 2223 (2015) “Resolución 2223 (2015) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7451ª sesión, celebrada el 28 de mayo de 2015 El Consejo de Seguridad, … Reiterando su fi rme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad nacional de la República de Sudán del Sur, y recordando la importancia de los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional, Recordando su resolución 2086 (2013) y reafi rmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, incluidos el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, excepto en defensa propia y en defensa del mandato, y reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz se refi ere específi camente a la necesidad y a la situación del país de que se trate, Subrayando su grave alarma y preocupación por el empeoramiento de la crisis política, de seguridad y humanitaria existente en Sudán del Sur como consecuencia de la disputa política interna del Movimiento de Liberación del Pueblo Sudanés (SPLM) y la posterior violencia ocasionada por los dirigentes políticos y militares del país, … Expresando seria y urgente preocupación por los más de dos millones de personas desplazadas y la intensifi cación de la crisis humanitaria, destacando la responsabilidad que tienen todas las partes en el confl icto por el sufrimiento del pueblo de Sudán del Sur, y la necesidad de asegurar que las necesidades básicas de la población sean atendidas, y encomiando a los organismos humanitarios de las Naciones Unidas, los asociados y los donantes por sus esfuerzos para proporcionar apoyo urgente y coordinado a la población, … Encomiando la iniciativa de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD), apoyada por las Naciones Unidas y la Unión Africana, por la incansable labor que ha realizado para crear un foro de diálogo político y sobre seguridad, establecer y poner en marcha el Mecanismo de Vigilancia y Verifi cación (MVV) del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades y dirigir negociaciones políticas multilaterales para establecer un gobierno de transición de unidad nacional, Condenando enérgicamente los repetidos y constantes incumplimientos del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades (ACH) por todas las partes, que menoscaban los esfuerzos en pro de la paz, y destacando la importancia que sigue revistiendo el ACH y el Acuerdo sobre el Estatuto de los Detenidos, alcanzados el 23 de enero de 2014 con la mediación de la IGAD, el consenso sobre la Declaración de Principios entre las partes, el establecimiento del Mecanismo de Vigilancia y Verifi cación (MVV) del alto el fuego, el Acuerdo para Resolver la Crisis en Sudán del Sur, de 9 de mayo de 2014, la Renovación del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades y las Modalidades para su Aplicación, de 9 de noviembre de 2014, y los Puntos de Acuerdo sobre el Establecimiento