Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2015 (21/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Que, la EFS del Perú es miembro activo del Comité de Revisión de la Carta Constitutiva y Reglamentos (CER), de las Comisiones Técnicas sobre Prácticas de Buena Gobernanza (CTPBG), Medio Ambiente (COMTEMA), Participación Ciudadana (CPC) e integra los Grupos de Trabajo para la Aplicación de Normas Internacionales de Auditoría en las EFS de la OLACEFS (GTANIA) y Auditoría de Obras Públicas (GTOP); Que, la Asamblea General es el máximo órgano deliberativo y de decisión, integrada por todos los miembros de la OLACEFS, cuyas reuniones se celebran anualmente, con el propósito de analizar enfoques y prácticas de control y fiscalización gubernamental, así como establecer los lineamientos de política para la gestión de la Organización Regional; Que, la XXV Asamblea General Ordinaria constituye un importante espacio técnico para revisar, analizar, compartir experiencias y conocimientos sobre las mejores prácticas de gestión y control, siendo que en esta oportunidad se tratarán los temas referidos a i) Participación Ciudadana y Entidades Fiscalizadoras Superiores: impactos en el control y generación del valor público y ii) La importancia del uso de bases de datos y de la seguridad de la información para el fortalecimiento de las TIC y para el ejercicio eficiente del control; Que, los alcances de los precitados temas están relacionados con las funciones que corresponden a la Gerencia Central de Control de Inversiones, encargada de conducir la ejecución de los servicios de control previo, así como los servicios de control posterior y simultaneo, cautelando que se efectúe bajo los estándares de calidad establecidos, utilizando las herramientas y aplicativos definidos, así como el cumplimiento de las metas e indicadores previstos; Que, la participación institucional permitirá fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica con las EFS participantes, así como le dará la oportunidad de compartir experiencias y conocimientos sobre las prácticas de gestión y control, enriqueciendo el debate técnico y las relaciones interinstitucionales y fortaleciendo el posicionamiento de la EFS del Perú al interior de la Organización Regional; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Paco Aníbal Toledo Yallico, Gerente Central de Control de Inversiones, para participar en los eventos antes mencionados; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley N° 30281; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Paco Aníbal Toledo Yallico, Gerente Central de Control de Inversiones, del 21 al 28 de noviembre de 2015, a la ciudad de Querétaro, México, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes aéreos US$ 1 492.20, viáticos US$ 2 200.00 (05 días) y gastos de instalación US$ 440.00 (01 día). Artículo Tercero.- El citado funcionario presentará al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1314727-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Autorizan viaje de funcionarios a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCION Nº 125-2015-P/JNE Lima, 16 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 226-2015-OCRI/JNE, de fecha 05 de noviembre de 2015, la Directora de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, solicita a la Dirección Central de Gestión Institucional, por encargo de la Presidencia, disponer la realización del trámite de requerimiento de pasajes aéreos, viáticos, seguro de viaje internacional y licencia con goce de haber para el doctor Luis Miguel Iglesias León, Director Central de Gestión Institucional, y el doctor José Alfredo Pérez Duharte, Director de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad, quiénes han sido designados para liderar la delegación de los 10 mejores estudiantes del Programa de Líderes Políticos: Fortalecimiento de Capacidades para la Democracia y la Gobernabilidad, quienes como culminación de sus estudios realizarán una visita a la ciudad de Washington D.C. auspiciada por la embajada de los Estados Unidos. Que, es de interés para nuestra Institución que sus funcionarios participen en programas de trabajo, capacitación y/o reuniones internacionales de importancia estratégica que forman parte del quehacer institucional, tal como es el caso de la visita a la ciudad de Washington D.C. como parte de un programa de intercambio que realizará la delegación de los 10 mejores estudiantes del Programa de Líderes Políticos: Fortalecimiento de Capacidades para la Democracia y la Gobernabilidad organizado por el Jurado Nacional de Elecciones; por lo que, es necesario autorizar excepcionalmente, el viaje del Dr. Luis Miguel Iglesias León, Director Central de Gestión Institucional, y del Dr. José Alfredo Pérez Duharte, Director de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad (e) quienes liderarán dicha delegación en representación del Jurado Nacional de Elecciones. Que, los trabajadores con contrato administrativo de servicios se rigen por el Decreto Legislativo Nº 1057 de fecha 27 de junio de 2008 y el Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, de fecha 24 de noviembre de 2008, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios. Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, referido a la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispone: "(...) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (...)". Que, el artículo 1º de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, el Presidente del Pleno es quién lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13º y 14º de su Reglamento de Organización y Funciones, modificado por Resolución Nº 0738-2011JNE; que señalan que también es su máxima autoridad administrativa, representante oficial y Titular del Pliego.

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